Desigualdades y discriminación

Los socialistas están convencidos de que el punto más discutible de toda la reforma del desempleo es la eliminación de los salarios de tramitación. Son los que, hasta ahora, recibía un desempleado entre el despido y la decisión judicial sobre la procedencia o improcedencia del mismo y la indemnización que correspondía en el segundo de los casos. Tras el decretazo, un despedido pasa a cobrar directamente el paro.
Según el recurso, el cambio es inconstitucional porque se rompe el principio de igualdad ante la ley sancionado por el artículo 14 de la Carta Magna. El salario de tramitación sólo lo percibirán, a posteriori, los trabajadores cuyo despido haya sido declarado improcedente y que sean readmitidos. Se establece, por tanto, una radical diferencia de trato frente a los que no sean readmitidos.
El tratamiento de los salarios de tramitación es también el centro de la cuestión de inconstitucionalidad que elevó al más alto tribunal el juez de lo social de Badajoz Antonio Seoane. El juez dejó en suspenso el pasado julio la sentencia de un caso de despido acordado tres días después de aprobarse la nueva norma, al entender que el decretazo vulnera los derechos constitucionales a la igualdad, a la tutela judicial efectiva y al trabajo, y que la reforma del despido requiere una ley.
Por eso entienden los socialistas que el Constitucional se pronunciará en unos meses sobre los salarios de tramitación, ya que una sentencia paralizada se trata con mayor urgencia.
Los recurrentes también consideran especialmente grave esta parte de la reforma. Creen que es una forma encubierta de abaratar el despido.
Además, dicen, desprotege a los despedidos que tengan contratos temporales inferiores a un año, que carecen de subsidio y de salario de tramitación; favorece la indemnización frente a la readmisión, ya que hace ésta más gravosa, y obliga a los desempleados a aceptar trabajos en peores condiciones porque tienen menos recursos mientras buscan uno nuevo.
El recurso también rechaza que se excluya del subsidio de paro a quienes perciban una indemnización superior a 4.000 euros.
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