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El TSJ no halla indicios de delito y archiva el caso de la juez relacionada con un club de alterne

La magistrada reabrió el local antes de entablar relación sentimental con uno de los socios

La investigación que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) inició el día 16 para determinar si la juez Begoña Solaz Roldán, titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia, cometió algún delito al decidir sobre un club de alterne del que es socio su compañero sentimental ha quedado cerrada. El TSJ considera en el auto de archivo que los hechos que dieron inicio a la investigación no contituyen delito porque la pareja de la juez entró en la sociedad que explota el club después de que ella ordenara la reapertura y porque no queda probado que la empresa pagara recibos de la juez.

Una juez de Carlet comunicó al TSJ posibles indicios sobre hechos que podían constituir delitos de prevaricación y/o cohecho de la titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia, Begoña Solaz Roldán. Esos indicios se referían a que la juez cerró en noviembre de 1999 el club de alterne El Nogal y ordenó su reapertura en julio de 2001, al solicitarlo una sociedad distinta, Mhalcom, a la que lo explotaba cuando se clausuró por prostitución ilegal pero de la que era socio el compañero sentimental de la magistrada. La juez de Carlet trasladó al TSJ documentos que, según ella, probaban que una hipoteca y varios seguros de Solaz Roldán eran pagados por Mhalcom.

La sala de lo Civil y Penal del TSJ ha determinado que la magistrada investigada, que declaró como imputada, no cometió delito alguno al decidir sobre el club de alterne El Nogal y que no consta que la hipoteca y el seguro del vehículo de Solaz Roldán los pagara Mhalcom porque los movimientos bancarios no recogen operación alguna con origen o destino en la sociedad.

El instructor de la causa, José Flors Matíes, recoge en el auto que hay una relación sentimental entre Solaz Roldán y J.O.F., socio de Mhalcom e imputado por una causa de prostitución ilegal en Carlet. Sin embargo, Flors afirma que esa relación se inició con posterioridad a que la juez decidiera la reapertura del local. Sin embargo, Flors reconoce en el auto de archivo que 'a pesar de que J.O.F. no suscribió las participaciones sociales con Mhalcom hasta el 15 de noviembre de 2001, todos los datos permiten inferir que él, junto a J.L.S.G. y J.M.T.S., eran, al menos desde el verano [fecha en la que la juez ordenó la reapertura] socios e interesados en adquirir el local'. Pero puntualiza que 'J.O.F. mantiene una relación de pareja estable con Solaz Roldán cuyo inicio se ha fijado en octubre 2001', un mes antes de que él entrara como socio en Mhalcom. Por ello, Flors Matíes dice que, en todo caso, hubiera sido procedente que ella se hubiera abstenido de pronunciarse sobre la reapertura, lo cual no convierte en 'injusta una resolución que se ajusta a derecho'.

Flors Matíes también afirma que las escuchas telefónicas recogen la intención de J.O.F. de ayudar a Solaz Roldán en unos pagos, pero entiende que lo hizo en calidad de pareja de hecho que son y que no consta que Mhalcom haya pagado cuota alguna sobre bienes de la juez.

Mhalcom no pagó recibos

'El examen del estado de cuentas bancarias de Begoña Solaz, cuyo movimiento íntegro se acordó traer al proceso, ha evidenciado que no se ha producido en ellas ingreso, transferencia o abono procedente de Mhalcom ni de ninguna otra persona relacionada con dicha entidad'. Así lo recoge Flors Matíes en el razonamiento jurídico cuarto del auto de archivo pese a que en el auto de la magistrada de Carlet al TSJ constaba: 'Existen indicios de que el recibo de la casa que posee Solaz Roldán fue pagado por la sociedad Mhalcom'.

Flors Matíes afirma en el auto de archivo que el compañero sentimental de la magistrada declaró su intención 'de ayudar a la juez en la carga de sufragar sus gastos' pero que 'ese ofrecimiento carece de relevancia penal, pues no cabe ignorar que, dadas las relaciones de convivencia de dichos señores como pareja de hecho, el ofrecimiento nunca podía ser equiparado al que se efectuara a un juez por un tercero en consideración a su cargo'. Por tanto, Flors Matíes entiende que no hay indicio alguno de que pudiera haber cohecho.

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