Condenado a 86 años de cárcel el principal acusado de un triple crimen en Málaga
La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a 86 años de cárcel a Isidro Gómez, considerado urdidor y coautor del asesinato de tres personas en la barriada del Puerto de la Torre de Málaga en septiembre de 1999. Sus tres cómplices; Luis Utrera, José Roldán y Blas Villalta, han sido condenados respectivamente a 81, 16 y 14 años de prisión y a indemnizar con 25.000 euros a las familias de las víctimas.
La lista de delitos por los que ha sido condenado Gómez, a quien la sentencia califica como 'un psicópata extremadamente peligroso', es abultada: robo con violencia -según el tribunal, el móvil del crimen-; tenencia ilícita de armas, detención ilegal, asesinato y daños continuados.
Los hechos, relatados por el principal acusado en el juicio, ocurrieron la noche del 20 al 21 de septiembre de 1999. Isidro Gómez y sus cómplices habían planeado un robo de droga en casa de Antonio Iglesias, una de sus víctimas. Forzaron la entrada, lo amenazaron con una escopeta de cañones recortados y con dos pistolas y se apropiaron de varios objetos, pero no hallaron lo que buscaban, así que lo obligaron a subir con ellos al coche, prendieron fuego al inmueble y se dirigieron a casa de otra de las víctimas, Israel Ruano.
En esta casa, situada en el Puerto de la Torre, encontraron a Ruano y a la tercera víctima, Salvador Martos, quienes les abrieron la puerta sin sospechar nada raro. Los ahora condenados les encañonaron y golpearon a Ruano para que les dijese dónde guardaba el dinero y la droga. No lo lograron, ni tampoco al registrar la casa. Así que dispararon a Ruano en ambas piernas y después le pusieron una pistola en la cabeza y le descerrajaron un tiro que le provocó la muerte en el acto.
Luego asesinaron, también con sendos tiros en la cabeza, a Iglesias y a Martos; acostaron los cadáveres en la cama del dormitorio, prendieron fuego a la cama, robaron algunas cosas y salieron huyendo. Después de abandonar a sus cómplices, Gómez subió en su ciclomotor y, al guardarse en el pantalón la escopeta de cañones recortados, se disparó accidentalmente en los genitales, por lo que tuvo que ser ingresado en estado grave.
El tribunal ha desestimado el delito contra la salud pública que reclamaba la fiscalía porque la droga que presumiblemente buscaban los condenados nunca apareció. Pero también ha desestimado el eximente de enajenación mental solicitado por el abogado de Gómez por entender que 'no existe una merma significativa de sus facultades'.
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