¡22 años!

La justicia española es pródiga en casos de especial lentitud, que cuentan su trayectoria por lustros, pero que un juicio por violación se demore durante 20 años y se sustancie a los 22 ante el Supremo rompe todas las marcas de negligencia judicial, dando un tono verdaderamente esperpéntico al funciomiento de la Administración de justicia. No se trata de una simple 'dilación indebida', aunque sea éste un mal bastante generalizado en la burocracia judicial. El cuadro constituye un caso claro de vulneración continuada de las garantías procesales del acusado y, en especial, de los derechos de la víctima.
El Tribunal Supremo se ha hecho cruces y escandalizado ante el hecho insólito de tener que resolver un recurso de casación sobre un caso de violación ocurrido hace 22 años. Y ha sugerido a la víctima -de 19 años entonces- que reclame 'la posible responsabilidad patrimonial del Estado por el anormal funcionamiento de la justicia'. Pero en casos como éste esa responsabilidad debería exigirse de oficio. Resulta un tanto hipócrita aconsejar a quien ha sido víctima de flagrante desidia judicial que reclame por la misma vía, en lugar de darle inmediata satisfacción por lo que se le ha hecho.
No basta, en todo caso, esa piadosa sugerencia para dar por cerrados todos los flecos anormales del caso. Que un sumario esté perdido durante seis años en un juzgado, se paralice varias veces por diversos avatares y tarde dos décadas en enjuiciarse ante un tribunal, merece por lo menos una investigacion por parte del Consejo General del Poder Judicial. Aparte del Estado como tal, alguien en concreto -jueces o funcionarios judiciales- tendría que responsabilizarse por una actuación que vulnera los postulados más elementales de la justicia.
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