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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

¿Un juez con antecedentes penales?

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debe decidir hoy sobre la solicitud del ex juez Javier Gómez de Liaño, condenado por prevaricación continuada en la instrucción del caso Sogecable, de reingreso inmediato en la carrera judicial en aplicación del indulto del Gobierno, sin esperar a la cancelación de sus antecedentes penales. En la controversia jurídica y judicial suscitada sobre el alcance del indulto ha existido unanimidad al menos sobre un punto: los antecedentes penales de cinco años correspondientes al delito por el que fue condenado ni han sido ni podían haber sido borrados.

Ello impediría al juez volver a la carrera antes de que tales antecedentes se extingan. Así lo sostuvieron en su día los 14 magistrados de la Sala Penal del Supremo -entre ellos Adolfo Prego de Oliver, ahora vocal del Consejo a propuesta del PP- y así lo mantienen en un informe remitido al CGPJ dos de las tres asociaciones judiciales. Sin embargo, la conservadora, mayoritaria en el Consejo, defiende el reingreso inmediato en la carrera aunque sea con antecedentes. Ello produciría la insoportable anomalía de un juez que ejerciera su potestad sin que se hubieran cancelado sus antecedentes como prevaricador.

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Conscientes del obstáculo que esos antecedentes todavía vivos representan para la pretensión de Liaño, el presidente del Consejo del Poder Judicial y la mayoría de vocales afines al PP han intentado salvarlo con la ayuda de variados informes jurídicos. Pero ninguno de ellos, incluso los favorables al reingreso inmediato de Liaño en la judicatura, se han atrevido a defender de manera clara e inequívoca que la fuerza expansiva del indulto del Gobierno alcance también a borrar los antecedentes penales del delito continuado de prevaricación cometido por el ex juez.

En la controvertida y forzada aplicación del indulto del Gobierno a Liaño se ha retorcido el derecho hasta límites increíbles. El Tribunal de Conflictos de Jurisdicción -un órgano sin relevancia constitucional y cuya exclusiva función es delimitar los conflictos surgidos entre la Administración y el Poder Judicial- se situó por encima del Tribunal Supremo, y el Gobierno, por encima de la Ley (de Indulto), haciendo que el concedido a Liaño alcanzara no sólo a la pena pendiente de cumplimiento -quince años de inhabilitación especial-, sino a la ya ejecutada -la pérdida de su condición de magistrado-, que el Supremo había considerado expresamente como no indultable.

Pero parecía existir un punto que no se podría franquear en un Estado de derecho: que el sistema judicial tuviera en su seno a un juez en ejercicio con antecedentes penales, que juzga y dicta sentencias sin haber superado los plazos legalmente previstos para su rehabilitación.

Con su indulto a Liaño -una especie de amnistía encubierta-, el Gobierno ha pretendido dar cobertura legal a esa aberración jurídica. Pero ni siquiera el Tribunal de Conflictos, complaciente con el Gobierno en un ejercicio del derecho de gracia similar al de los tiempos de Franco, se atrevió a ir tan lejos. Se abstuvo de dar por borrados los antecedentes penales de Liaño y decidir su reingreso inmediato en la carrera judicial.

El Consejo General del Poder Judicial habrá de pronunciarse hoy. ¿Se atreverá su mayoría de vocales afines al PP a retorcer una vez más el derecho para dar satisfacción al Gobierno? Si lo hace habrá convalidado la hipótesis que parecía imposible, por extravagante, de un ex juez que vuelve a la función jurisdiccional, de la que se sirvió para delinquir, sin haber limpiado enteramente los antecedentes penales propios de su actuación prevaricadora.

¿Qué pensarán de ello los justiciables que caigan en sus manos?

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