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Un hombre es condenado a 14 años por agresión sexual a dos hijos de su pareja

Canuto Pérez, de 66 años, acusado de un delito de abuso sexual continuado a los dos hijos de su compañera sentimental, uno de ellos menor, ha sido condenado por el tribunal de la sección quinta de la Audiencia de Valencia a 14 años de prisión.

Declaran probado los tres magistrados del tribunal que Canuto Pérez, desde marzo de 2000, aprovechando la ausencia del domicilio de su pareja, madre de dos hijos -de 13 y 20 años-, obligó a estos a prácticas sexuales. Consta en el fallo que el ahora condenado, en ocasiones, llamaba al menor cuando se encontraba en la ducha para que le practicara felaciones bajo la amenaza de que si se negaba le pegaría. También consta que le obligó a la misma práctica en la cama al menos en tres ocasiones amenazándole con pegarle con un garrote. En el relato de los hechos probados, el tribunal considera cierto que en una ocasión Canuto Pérez acudió al dormitorio del menor, lo desnudó y eyaculó encima. El hermano fue también objeto de episodios similares bajo la amenaza de que si contaba algo les echaría a ellos y a su madre de casa. La mujer se encontraba sin trabajo y con depresiones.

Los magistrados hacen expresa mención en el apartado de fundamentos de derecho de que el acusado negó siempre los hechos por los que se le juzgó. Y precisan: 'Pero lo cierto es que los niños declararon en el plenario y mantuvieron que el acusado realizó las reprochables acciones descritas. Los mismos resultaron convincentes y creíbles, no contando que tuvieran motivo para mentir'. El tribunal asegura que valoró incluso en favor de la veracidad del testimonio que el menor, cuando fue preguntado por la Guardia Civil sobre el silencio que había guardado de los hechos, respondió: 'No quería hacer sufrir a mi madre porque sufre de los nervios'.

Según el tribunal, Canuto Pérez es responsable de un delito continuado de agresión sexual y entiende que no corresponde aplicar ningún beneficio a la pena correspondiente, 14 años de cárcel. Asimismo, el condenado deberá indemnizar a cada una de las víctimas con 15.000 euros. El fallo recoge también la absolución por una falta de coacciones que no ha quedado probada.

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