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El Supremo declara nulo el plan rector del parque de la Font Roja

Medio Ambiente garantiza que el paraje no quedará desprotegido

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Font Roja, en la comarca de L'Alcoià. Se trata del único instrumento de protección del paraje desde su declaración como parque natural en 1987. El Consell de Protecció de la Font Roja urgió ayer a la Consejería de Medio Ambiente a que 'a la mayor brevedad posible' apruebe el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN).

La sentencia de Tribunal Supremo ratifica el fallo que emitió el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano dando la razón a los propietarios de parcelas incluidas en el paraje. Éstos iniciaron el contencioso contra la Administración autonómica cuando el Carrascar de la Font Roja fue declarado parque natural a finales de la década de los ochenta. Los propietarios centraron su reivindicación en la ausencia de un estudio económico que fijara las líneas de compensación por las limitaciones en el uso de las propiedades particulares incluidas en el área protegida, que en un principio rondaban las 2.600 hectáreas.

La Consejería de Medio Ambiente recurrió en casación el fallo del TSJ valenciano, pero el Supremo ha confirmado la sentencia inicial dando otra vez la razón a los propietarios. Uno de los promotores del contencioso, José Monllor, explicó ayer ante los representantes del Consell de Protecció de la Font Roja -reunido en el Ayuntamiento de Alcoy- que de las 100 limitaciones que establecía el plan rector a las actividades de los propietarios, estos últimos tan sólo se opusieron a siete. Y destacó que fueron alegaciones de escasa relevancia, como la prohibición de la ganadería en el paraje o la práctica deportiva y recreativa.

Monllor lamentó por ello que no se hubiera llegado a un acuerdo con la Consejería de Medio Ambiente antes de producirse la sentencia del Tribunal Supremo que ha acabado por anular el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural (PRUG) de la Font Roja.

El propietario achacó el desacuerdo a la falta de diálogo entre las partes por los continuos cambios políticos que ha experimentado la Consejería de Medio Ambiente durante los años en los que se ha tramitado el caso. José Monllor auguró un rápido acuerdo con los actuales gestores de la Administración autonómica que evite acatar la sentencia y privar de protección a la Font Roja.

No obstante, la directora general de Planificación y Gestión de la Consejería de Medio Ambiente, Paloma Gómez Osorio, aseguró que aun en el caso de aplicarse la sentencia del Tribunal Supremo el parque no quedaría desprotegido, al estar ya validadas las medidas cautelares del PORN.

La Consejería de Medio Ambiente aprobó el pasado mes de noviembre el acuerdo de iniciación del PORN de la Font Roja,publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el pasado 23 de enero. Este trámite, según explicó el presidente del Consell de Protecció del Parc Natural del Carrascar de la Font Roja, Rafael Ferrándiz, supone, por disposición legal de la ley de espacios naturales autonómica, una serie de medidas cautelares de protección de inmediata aplicación y que tutelan cautelarmente el parque.

Ante la sentencia del Supremo que da la razón al grupo de propietarios, la Consejería de Medio Ambiente puede recurrir en amparo al Tribunal Constitucional. Los servicios jurídicos de la Generalitat están analizando la sentencia y evaluando la posibilidad del recurso.

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