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El Constitucional ampara a 23 empleados del Ayuntamiento de Fuengirola despedidos

El Tribunal Constitucional ha decidido otorgar amparo a un grupo de 23 trabajadores -19 de ellos de UGT- que fueron despedidos por el Ayuntamiento de Fuengirola (Málaga) en 1995 tras alegar reestructuración de plantilla por causas económicas. La sentencia, dictada por la Sala Primera, da la razón a estos trabajadores y evidencia 'indicios de una actuación empresarial contraria a la libertad sindical' por parte del equipo de gobierno que dirige la popular Esperanza Oña.

Además, según informaron fuentes del Tribunal Constitucional, la sentencia pone de manifiesto que 'por parte del Ayuntamiento empleador no se ha demostrado la existencia de causas objetivas y razonables suficientes que hubieran permitido destruir la apariencia y discriminatoria creada y alcanzar la necesaria convicción de que su actuación había sido ajena a todo propósito atentatorio de la libertad sindical'. La misma sentencia declara que 'el Ayuntamiento ni siquiera ha acreditado la existencia de circunstancias económicas organizativas objetivas para proceder a la extinción de los contratos de trabajo de los demandantes de amparo por la vía del artículo 52.c' del Estatuto de los Trabajadores.

Críticas al TSJA

Con estos argumentos, el alto tribunal entiende que la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 1998 -instancia ante la que recurrió el Ayuntamiento tras perder el juicio en primera instancia-, 'no cumplió las exigencias de la doctrina constitucional sobre la distribución de la carga de la prueba en los supuestos que se invocan'.

Para el Tribunal Constitucional, la sentencia ahora impugnada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, 'acredita la existencia de indicio de lesión de derechos fundamentales de los trabajadores en la actuación empresarial y, por consiguiente, no reparó -y lesionó por tanto- el derecho de los recurrentes a no sufrir discriminación por razón de su afiliación a un sindicato'.

El alto tribunal anula, por tanto, la sentencia del TSJA (sede de Málaga) y declara la firmeza de la sentencia inicialmente emitida por el Juzgado de lo Social número 1, que estimó la demanda que los trabajadores afectados presentaron por despido nulo por discriminación sindical. Este Juzgado de lo Social declaró los despidos nulos por discriminación y condenó al Ayuntamiento de Fuengirola a la inmediata readmisión de los despedidos.

El pleito que ahora ha resuelto el Constitucional es uno de los muchos enfrentamientos que los sindicatos UGT y CC OO han mantenido en los últimos años contra la alcaldesa de Fuengirola, a quien han acusado reiteradamente de obstaculizarles y perseguirles.

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