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Salvem El Cabanyal impugna el recurso a la paralización cautelar de expropiaciones

José Luis Ramos, abogado de la plataforma cívica Salvem El Cabanyal-Canyamelar, explicó ayer el contenido del escrito que a modo de impugnación presentó en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) contra el recurso de súplica del que ha hecho uso el Ayuntamiento de Valencia tras el auto que le ha obligado a paralizar cautelarmente el proceso de expropiaciones en una zona clave para la ejecución del plan urbanístico de prolongación hasta el mar de la avenida de Blasco Ibáñez.

Ramos, con el apoyo de los grupos municipales PSPV y EU, calificó el recurso de súplica presentado por el consistorio así como el de la Generalitat, 'de una burla, hasta tal punto que en su propia redacción reconocen el fraude de ley que supone la intervención urbanística, máxime cuando para justificar sus propios argumentos tienen que recurrir a los que utiliza la parte contraria y no se atreven siquiera a mencionar con nombres y apellidos a los expertos de tanto prestigio que han elaborado los informes favorables'. 'La Administración no dice ahora' -expuso Ramos- 'ni una sola palabra de la fundamentación jurídica expuesta durante la tramitación del PERI para justificar la legalidad del mismo'.

El escrito presentado por la plataforma cívica Salvem El Cabanyal-Canyamelar desmonta la argumentación escogida como pilar por el Ayuntamiento en su recurso de súplica: las consideraciones que en el mismo auto de paralización cautelar hace el voto particular que suscribieron siete magistrados. Y, de entre ellas, las referidas a la protección del conjunto histórico.

'Quienes creen que pueden derribarse edificios pertenecientes al interior de un conjunto histórico siempre que no se trate de edificios singularmente protegidos, pensamos que no han llegado a entender lo que se protege mediante la declaración de BIC. Lo singularmente protegido en un conjunto histórico es la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento. La protección singular del conjunto lo es con independencia del valor de los elementos singulares que la integran', recoge el escrito de alegaciones.

La plataforma cívica considera que el recurso presentado por el Ayuntamiento encierra los mismos objetivos, lógicamente, que el plan de intervención urbanística en contra de lo que establece el artículo 17.3 de la LRAU que establece el 'deber del plan general de delimitar los centros históricos tradicionales'. Según Ramos, se pretende, entre otras cosas, derribar más de cien edificios catalogados sin que hayan desaparecido los valores culturales que dieron lugar a su protección, parte del suelo sobre el que están esos inmuebles se quiere destinar a otros usos diferentes a los originales, no se mantiene la estructura urbana y arquitectónica del conjunto y se permite modificar las alineaciones.

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