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Reportaje:

Quebranto por imperativo social

La Agencia Tributaria embargó y vendió un chalé en Xàbia en virtud de un expediente anulado después por el juez

Los nervios de José Carlos Garrigós están a punto de estallar. Su magnífico chalé en primera línea de mar en el Montañar Alto de Xàbia, tasado por los técnicos de la Agencia Tributaria en 1993 en 92.521.524 pesetas (556.065 euros), fue embargado y vendido en 1995 por 12 millones de pesetas (72.121 euros) en virtud de un expediente que fue posteriormente anulado por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ).

La Agencia Tributaria, tras años de pleitos y reclamaciones, accedió en marzo de 2000 a devolver a Garrigós 12 millones de pesetas, el valor que obtuvo en la adjudicación directa del inmueble, y los intereses correspondientes. En una farragosa misiva remitida a Garrigós, el director general de la entidad sugiere que todo el procedimiento fue ajustado a derecho y que no caben ulteriores reclamaciones porque el 'administrado' tiene 'la obligación de soportar la carga' y 'el deber de sacrificarse por la sociedad'.

Los hechos se remontan a diciembre de 1990. Los servicios de inspección de la Agencia Tributaria reclamaron a Garrigós y su esposa unas deudas tributarias 'como consecuencia de incrementos patrimoniales' que no fueron consignados en las declaraciones de renta que presentaron entre 1984 y 1987. En conjunto, la agencia reclamaba 84 millones de pesetas más los intereses correspondientes.

Garrigós alega que su esposa recibió en herencia unos fondos depositados en primas únicas de La Caixa -que entonces eran un producto fiscalmente opaco que ofrecían varias entidades amparándose en un vacío legal- y que la inversión de esos fondos permitió a los técnicos detectar su existencia.

Una primera reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia desestimó los recursos presentados por Garrigós en diciembre de 1995. Pero el TSJ sí admitió un posterior recurso presentado en 1996 y, en una sentencia dictada en septiembre de 1998, anuló todo el procedimiento administrativo desarrollado por la Agencia Tributaria debido a una 'interrupción injustificada de las actuaciones' durante 15 meses. Un silencio que implica la suspensión del expediente.

Sin embargo, la agencia mantuvo vivo el procedimiento de apremio y embargó el chalé enclavado en los riscos que cierran la playa del Arenal de Xàbia 'ante la falta de ingreso en periodo voluntario' de las deudas reclamadas 'así como la falta de presentación de garantías'.

El inmueble salió a subasta en noviembre de 1995 valorado en 56 millones en primera licitación y en 42 en segunda. Pero la subasta 'resultó desierta' y la Agencia Tributaria inició los trámites para 'la venta mediante gestión y adjudicación directa de la finca'.

La agencia sólo recibió una oferta de 12 millones de pesetas, formulada por María Irene Girona. La finca fue escriturada a su favor en enero de 1996.

Cuando el TSJ falló a favor de Garrigós y anuló todo el procedimiento, la Agencia Tributaria le devolvió esos 12 millones y los intereses legales.

Tres técnicos consultados por este periódico ofrecen opiniones discrepantes. El primero considera que Garrigós debía haber ofrecido garantías para evitar el embargo y venta de su propiedad. Otro considera 'imposible' que la Agencia Tributaria ejecutara el embargo mientras el asunto se encontraba en manos de la justicia. El tercero defiende la misma posición y lamenta que la agencia funcione como un organismo autónomo que elude las consultas al Consejo de Estado. Pero los tres señalan que, a la larga, la Agencia Tributaria tendrá que compensar a Garrigós, restituir el valor tasado de su propiedad y desembolsar los correspondientes intereses.

Garrigós ha llevado el caso a la Audiencia Nacional. Ahora exige la restitución de su propiedad o de un valor equivalente; compensaciones por lucro cesante; y el pago de una abultada factura por gastos médicos. Pero duda de que sus nervios puedan soportar el largo pleito que se avecina.

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