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Salud mantiene la libre colegiación pese a las presiones corporativas

Vallejo se reúne con los colegios profesionales

Francisco Vallejo, consejero de Salud, esgrimió ayer ante los representates de los cinco colegios de profesionales sanitarios dos argumentos para justificar la enmienda a la Ley de Acompañamiento del proyecto de Presupuestos de 2002. Uno: La Junta tiene el convencimiento de que trabajar con dedicación exclusiva para la Administración puede eximir de colegiarse. Dos: la enmienda persigue evitar que Salud se vea abocada a tener que pagar las cuotas de colegiación de los sanitarios. Vallejo anunció asimismo el inicio de trámites para promover una Ley de Colegios Profesionales de Andalucía.

Cuando el jueves se apruebe en el Pleno la Ley de Presupuestos, más de 80.000 profesionales sanitarios quedarán eximidos de la obligación de colegiarse. El consejero de Salud, Francisco Vallejo, no tiene ninguna duda de que esta medida es constitucional. Justifica la enmienda introducida en la Ley de Acompañamiento aduciendo que la libertad de asociación profesional, consagrada en la Constitución, es un valor primordial. Según el responsable de Salud esta libertad no hay que justificarla. 'En todo caso', explica, 'lo que habría que justificar es la obligatoriedad de colegiarse'.

Éste fue otro de los argumentos que Vallejo empleó ayer ante los representantes de los médicos, enfermeros, farmacéuticos veterinarios y fisioterapeutas en la reunión que mantuvo con ellos para intentar convencerlos. Una reunión que los colegios tildaron de 'simple acto protocolario'.

El presidente del Consejo Andaluz de Enfermería, Florentino Pérez, organización que aglutina a 33.000 profesionales, aseguró a la salida de la cita con el consejero de Salud que no había cambiado en nada la postura de los colegios y que recurrían a quien hiciese falta con tal de que la Administración no se saliese con la suya.

Para Pérez, 'cualquier intervención que se haga sobre la ley que regula la actividad colegial ha de estar sometida al marco de la legislación básica del Estado'. El representante de los enfermeros insiste en que ha de ser en el Parlamento del Estado, y no en otro lugar, donde se modifique esa ley.

Para Salud, la enmienda, que si se aprueba entrará en vigor el 1 de enero, no restringe el espectro de las libertades individuales de los profesionales sanitarios. 'Al contrario, las refuerza', insiste Vallejo, quien recuerda que la situación de obligatoriedad que ahora defienden los colegios se fundamenta en legislación de carácter preconstitucional. La Ley de Colegios Profesionales data de 1974, aunque fue modificada en 1997.

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En Andalucía hay 48 colegios profesionales. La mayoría de ellos se han manifestado en contra de la enmienda. Lo mismo ha dicho el PP, que ha anunciado que estudiará la posibilidad de recurrirla ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, han manifestado su apoyo a la libre colegiación el PSOE, el PA e IU. También los sindicatos CC OO y UGT, la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública y la Sociedad Andaluza de Medicina Familiar y Comunitaria. Sorprendentemente -por tratarse de médicos-, el Sindicato de Médicos de Galicia también está de acuerdo con la libre colegiación, al haber sido la comunidad gallega una de las cuatro autonomías que ya permiten la libre colegiación.

Desde Salud se insiste en que la enmienda ahora propuesta no es algo extraño sino que hay precedentes similares en otros países europeos.

Andalucía será la quinta comunidad autónoma con libertad para colegiarse

Al margen de la Ley de Colegios Profesionales, que data de 1974, aunque modificada por Ley de 7/1997 de 14 de abril, prácticamente todas las comunidades autónamas han legislado al respecto. Hasta 15 leyes de colegios profesionales se han dictado ya en otras tantas autonomías. En cuatro de ellas (La Rioja, País Vasco, Castilla y León y Galicia) se exime de la libre colegiación a quienes trabajan en exclusiva para la Administración. La que ha legislado más claro sobre este supuesto ha sido La Rioja: 'Los funcionarios y el personal laboral de las Administraciones Públicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja no necesitarán estar colegiados para el ejercicio de las funciones propias de éstas'. Entre estas funciones debe entenderse que queda incluida la asistencia sanitaria. En Galicia, el sindicato médico (CESM)aplaudió la ley que regulaba la libre colegiación. De hecho envió una carta a Fraga felicitándole por ello. Cierto es que la ley aprobada el pasado septiembre fue matizada poco después por el consejero de Justicia de la Xunta ante las reiteradas protestas de los colegios de médicos. El consejero les remitió entonces una nota en la que interpreta que 'la ambigua Ley de Colegios Profesionales de esta autonomía sigue obligando a los profesionales sanitarios con labores asistenciales a colegiarse'. Los colegios se tranquilizaron, pero el CESM sigue llamando a la no colegiación. Otras autonomías como Canarias, Murcia o Castilla-La Mancha han establecido la colegiación obligatoria y en algún caso especifican que 'se exige la colegiación cuando los destinatarios del acto profesional sean los ciudadanos'. Precisamente, éste es uno de los argumentos que con más fuerza esgrimen los colegios sanitarios que están en contra de la libre colegiación. Sus representantes argumentan: '¿Quién va a ocuparse a partir de ahora de que los profesionales cumplan con el código deontológico?' En cuanto a la jurisprudencia dictada hasta ahora, también parece confusa. Si en 1989 el Tribunal Constitucional afirmaba (STC 131/1989) que 'la colegiación tiene que ser forzosamente obligatoria si quien recibe los servicios sanitarios de los profesionales son los ciudadanos', en 1998 este mismo Tribunal (STC 194/1998) concluye, en referencia a la colegiación obligatoria: 'En el caso de que, si quienes trabajan lo hacen para centros públicos, la Administración puede asumir cualquier garantía y, en consecuencia, la exención de colegiación aparece como una medida razonable, ajena a todo propósito discriminatorio'.

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