De la buena fe
Se sabe que las referencias jurídicas a la buena fe, de ordinario, son atribuibles al derecho privado, como lo es 'la diligencia de un buen padre de familia'.
Lo digo al hilo de la reforma en ciernes de la Ley General Tributaria y, señaladamente, a la presunción contenida en el artículo 33 de la Ley de Derechos y Garantías, sobre la buena fe del contribuyente en lo atinente a su conducta (fiscal, se entiende). La doctrina ha puesto de manifiesto, en base al artículo 24.2 de la Constitución, que se trata de una alusión, más o menos afortunada, a la presunción de inocencia. Es evidente que no hubiera sido correcto decir que las actuaciones del contribuyente se presumen realizadas o, en el caso de aquellos que realicen actividades económicas, porque ambas son expresiones que definen actitudes presumibles en el ámbito de las relaciones particulares o, en su caso, empresariales. Lo mismo sucede con la buena fe, aunque ésta admita una mayor extensión al ser el núcleo expresivo de la existencia o no de culpa.
La Hacienda americana envía a algunos ciudadanos una carta indicándoles su reconocimiento como contribuyente ejemplar
En realidad es una cuestión semántica sin aparente trascendencia, pero ello no es óbice para que se aproveche la ocasión y se proceda a reconocer manifiestamente la presunción de inocencia en el ámbito de las infracciones y sanciones tributarias, en el que desde antiguo se proscribe la responsabilidad objetiva, aplicando los principios informadores del derecho penal al derecho tributario sancionador.
Así, además de dar sensación o muestra de confianza al contribuyente mediante la presunción de su buena fe, debe dársele expreso predicamento a la presunción de inocencia, que describe con certeza la razón de su existencia: el principio acusatorio y la contradicción.
Por cierto, hemos observado cómo la Hacienda americana envía a algunos contribuyentes una carta indicándoles su reconocimiento como contribuyente ejemplar y agradeciéndole su cooperación. Imagínense si reciben en su domicilio una carta de la Agencia Tributaria agradeciéndole su colaboración y destacando su comportamiento fiscal. Sería un impacto muy positivo.
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