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La Audiencia anula la sanción impuesta a la Funeraria por presunta vulneración de la Ley de la Competencia

La Audiencia Nacional ha dado la razón a la Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, SA, en el recurso presentado contra una multa del Tribunal de Defensa de la Competencia, que ascendía a 661.113,31 euros (110 millones de pesetas), por un supuesto abuso de posición de dominio en la relación con los marmolistas. Según un comunicado remitido ayer por Funespaña, empresa privada que gestiona la Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid y dispone del 49% de sus acciones, esta sentencia declara que 'el cobro de precios o tarifas previamente aprobadas por el pleno del Ayuntamiento de Madrid no puede constituir abuso de posición de dominio' de la heredera de la funeraria municipal.

Funespaña ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que el pasado día 7 fue notificada la sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que da la razón a la Funeraria frente al acuerdo dictado por el Tribunal de Defensa de la Competencia el 23 de diciembre de 1997. La Audiencia declaró probada entonces 'la existencia de un abuso de posición dominante del artículo 6.2.a de la Ley de Defensa de la Competencia consistente en la imposición de un canon a los marmolistas de Madrid por la realización de sus trabajos, de la que es responsable la Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, a la que se impone una multa de 110 millones de pesetas'.

La sentencia de la Audiencia Nacional, siempre según Funespaña, estima ahora el recurso interpuesto por la Funeraria contra el acuerdo dictado por Defensa de la Competencia y lo anula 'por no ser conforme a derecho'. Funespaña destaca que éste es el tercer recurso que gana en lo que va de año la Empresa Mixta de Servicios Funerarios por supuestas prácticas contra la competencia. Los dos anteriores también fueron defendidos por el despacho Rodrigo&Rodrigo: primero se logró la anulación de una multa de 138 millones de pesetas por supuestos abusos en los precios en 1992; y, después, otras dos resoluciones del Tribunal de Defensa de la Competencia dieron la razón a la Funeraria contra una supuesta denegación en el uso de los tanatorios.

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