La COPUT paraliza las obras en torno al campo de golf de Algorfa
El alcalde y el promotor han sido imputados por varios delitos
Una resolución de la Consejería de Obras Públicas emitida la semana pasada ordena iniciar expediente sancionador por infracción urbanística contra la promotora de un campo de golf instalado en suelo no urbanizable de protección agrícola del término municipal de Algorfa (La Vega Baja) y ordena la inmediata paralización de cualquier obra en las fincas rústicas que lo rodean, donde estaba prevista la construcción de una urbanización capaz de albergar hasta 47.000 residentes.
El Ayuntamiento de Algorfa no sólo no paralizó la construcción de un campo de golf sobre suelo no urbanizable sino que propuso un expediente de 'homologación' del desaguisado urbanístico en 1998 para recalificar como urbanizable el suelo de las fincas rústicas afectadas.
La iniciativa municipal fue aceptada por la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante, que emitió un informe favorable en julio pasado. Y alentó al promotor que tenía previsto construir una enorme urbanización capaz de albergar a 47.000 personas en los alrededores del campo de golf.
La sucesión de hechos ha derivado en una investigación judicial, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, y un juez de Orihuela ha citado a declarar como imputados por los supuestos delitos de tráfico de influencias, contra la ordenación del territorio, prevaricación y coacciones al alcalde de Algorfa, Antonio Lorenzo, del PP, al promotor Antonio Pedrera, y a su abogado, Rafael Martínez Campillo.
La resolución firmada la semana pasada por el director general de Urbanismo y Ordenación Territorial, José María Benlliure, constituye un relato pormenorizado de los hechos y un severo varapalo al Ayuntamiento de Algorfa y la empresa Urbanizadora Sanmartín.
Benlliure recuerda que el campo de golf se construyó sobre suelo no urbanizable 'sin la preceptiva Declaración de Interés Comunitario' y que el Ayuntamiento eludió los requerimientos para 'que ejerciera sus competencias en materia urbanística'.
Obras Públicas identifica como 'grave' la infracción cometida al construir el campo de golf; apunta que se debían haber paralizado las obras; y rechaza la regularización propuesta por el Ayuntamiento porque 'al optar en la práctica por la legalización de lo ya consumado hacemos de mejor de derecho al que no cumple la legalidad que a la persona que respeta la misma'. Por eso, 'en sustitución del Ayuntamiento', abre expediente para imponer a la promotora una multa por una cuantía entre el 30 y el 40% del valor de las obras realizadas y ordena la inmediata paralización de cualquier construcción en su entorno.
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