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El error de una sala del TSJA demorará varios años el desbloqueo de las oposiciones de 1998

El Tribunal Constitucional rechazó la cuestión al respecto por un claro defecto de forma

La ley de presupuestos de Andalucía de 1998 incluía la convocatoria y los baremos de las pruebas de oposición para el funcionariado en la especialidad de Administración General y en el Cuerpo General de Administrativos. El espíritu que subyacía tras esta convocatoria era facilitar el ingreso de cerca de tres mil interinos en la función pública, y en los baremos se valoraba a la alta su experiencia. Esta ley se recurrió ante el TSJA y la Sala de lo Contencioso-Administrativo elevó una cuestión de inconstitucionalidad. El pasado julio, el máximo tribunal rechazó esta cuestión por un defecto de forma. Este error de la citada sala del TSJA se traducirá en varios años más de litigio sobre una situación que afecta a miles de opositores, interinos o no.

El Tribunal Constitucional despacha en un auto de cuatro folios y por un defecto de forma la cuestión de inconstitucionalidad que planteó en 1998 la Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía . Y es que, según argumenta el máximo tribunal, precisamente ése es el defecto de forma -que algunos expertos que han analizado el texto no dudan a la hora de tildarlo de 'infantil' e 'inexplicable'-: la cuestión la elevó la citada sala del TSJA, en vez de la Sección Primera, que fue la que resolvió sobre el recurso a la citada ley y, por lo tanto, la única que está autorizada según la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Tanto la presidencia de la Sala, como de la Sección Primera están en manos de Santiago Martínez Vares. Por lo que, Martínez Vares, que también preside la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, podría decidir volver a elevar la citada cuestión al Tribunal Constitucional.

Sin embargo, el defecto de forma, el grave error a la hora de tramitar la cuestión de inconstitucionalidad, está claro que se traducirá en, al menos, varios años más de espera. Como comparación para realizar un cálculo aproximado de los tiempos de la Justicia en estos casos, la cuestión que el Constitucional rechazó en julio de 2001 se elevó en 1998.

Pero es que las consecuencias del error de la presidencia de la Sala del TSJA tienen una importantísima vertiente humana. El futuro profesional de los que se querían presentar a las pruebas, interinos o no, depende en gran parte de este episodio judicial.

Si el Constitucional no ve motivo para parar la convocatoria prevista en la ley andaluza de presupuestos de 1998, se volverían a convocar las pruebas de acceso al funcionariado con los baremos que otorgaban puntos extra a la experiencia. Si no fuera así, la Administración andaluza debería tirar de imaginación para intentar encontrar una salida -una voluntad manifestada desde hace años por el Ejecutivo autonómico- a la situación de estas personas, a muchas de las cuales se contrató como interinos para poner en marcha la estructura básica de la naciente Administración andaluza.

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Tenga quien tenga la razón según el Tribunal Constitucional, esta situación aún quedará en un tenso suspenso por varios años más a causa del defecto de forma cometido en la tramitación de la sala presidida por Martínez Vares.

Otro dato de importancia es que el auto no se haya hecho público cuando éste llegó a la sala del TSJA el 24 de julio. Al coincidir el presidente de la sala y de la sección en la misma persona, de ésta depende al menos en gran parte, que se vuelva a plantear ante el Constitucional. Por el momento, tampoco es público que se haya elevado otra cuestión de inconstitucionalidad. Todo esto supone más y más tiempo de espera.

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