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El Supremo avala que la grúa retire los vehículos aparcados en zona ORA sin tique

El Tribunal Supremo avala en una reciente sentencia la competencia de los ayuntamientos para regular que las grúas municipales retiren aquellos vehículos estacionados en zona ORA (aparcamiento por tiempo restringido) sin el preceptivo tique. El Supremo estima un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Almería contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que dio la razón a un vecino al señalar que la retirada de su automóvil en una zona ORA fue ilegal porque la Ordenanza de Circulacion no contemplaba esta medida para el caso específico de ausencia de tique.

El Supremo afirma, por contra, que tal conducta 'constituye una infracción clara y frontal de la ordenanza reguladora, más grave incluso que la de estacionar por tiempo superior al máximo establecido'. Añade que la medida cautelar de retirada del vehículo se realizó 'con plena habilitacion legal, pues al estacionar en zona reservada sin tique se impide el control del tiempo de estacionamiento, dificultando la adecuada ordenación del tráfico, que es fundamento último de los supuestos de retirada de los vehículos por el servicio municipal de grúas'. El alto tribunal acepta los razonamientos del Ayuntamiento andaluz, que alegó que la medida encontraba su cobertura legal en la reforma realizada en 1997 en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cuya exposición de motivos dice: 'Ante la confusión jurídica que se ha venido observando en esta materia, la única solución posible es la realización de una reforma legislativa que diese cobertura legal a la actuación municipal...'.

Recuerda asimismo el Supremo una sentencia de 29 de mayo de 2000 en la que se dice que la ordenación del tráfico adquiere una nueva dimensión en nuestros días, pues su correcta regulación 'influye no sólo en la libre circulación de vehículos y personas, sino incluso también en el efectivo ejercicio de otros derechos, como el acceso al puesto de trabajo, el disfrute de servicios sanitarios, educativos etc...'.

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