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Reportaje:

Fondos y planes más seguros

La legislación actual exige una separación total entre la entidad gestora y la depositaria

El caso Gescartera ha sembrado la alarma entre no pocos clientes de los fondos de inversión y de los planes de jubilación. ¿Han confiado en entidades 'legales'? ¿Están realmente garantizados sus ahorros? Ahora que se encuentra en tela de juicio la capacidad de control de la CNMV, no está de más recordar las garantías existentes.

Las entidades depositarias son, junto con la CNMV, los vértices del control diario de los fondos de inversión
Si un partícipe de un FIAMM desea recuperar su dinero, tiene derecho a recibirlo el primer día hábil siguiente al de su solicitud
Las entidades gestoras de fondos han de tener, como mínimo, un capital social desembolsado de 100 millones de pesetas

Casi todos los expertos coinciden en que los fondos de inversión y los planes de pensiones aportan unas garantías de seguridad que hacen prácticamente imposible que alguien pueda manejar el dinero de los partícipes a su antojo o, simplemente, quedarse con él. En cualquier caso, reconocen que en estos días bien vale comprobar que su dinero se encuentra en paradero conocido, controlado, supervisado y seguro.

Los fondos de inversión han de estar inscritos y registrados en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Los planes y fondos de pensiones han de estar inscritos y registrados, antes del inicio de sus actividades, en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), organismo dependiente del Ministerio de Economía. Las sociedades gestoras de los fondos de inversión y de pensiones han de estar también correctamente autorizadas por estos dos organismos.

Al mismo tiempo, las sociedades gestoras de fondos de inversión, además de entregar a cada partícipe, antes de que suscriba sus participaciones, toda la documentación relativa a su constitución, sus características de inversión, etcétera, tienen obligación de suministrar diariamente a su correspondiente sociedad rectora de la Bolsa el valor liquidativo diario de sus fondos, y mensualmente han de remitir a la CNMV información sobre sus estados financieros. Deben también comunicar cualquier participación significativa que adquiera uno de sus partícipes y crear una comisión independiente para que vigile que todas las operaciones que realice se hagan en interés exclusivo de la institución de inversión colectiva.

Las entidades gestoras de fondos de pensiones han de tener como mínimo un capital social desembolsado de 100 millones de pesetas; han de llevar la contabilidad del fondo, determinar los saldos de la cuenta de posición de los planes, controlar a su entidad depositaria, suministrar anualmente a la DGSFP información reservada sobre sus planes y remitir a cada partícipe, con carácter anual, una certificación con las aportaciones realizadas en el ejercicio, además del importe de todos sus derechos consolidados. Han de auditar sus estados financieros y remitirlos a la DGSFP.

Vigilancia y supervisión

Junto con la CNMV y las sociedades gestoras, las entidades depositarias son los vértices del control diario de los fondos de inversión. Sus funciones son las de asumir ante los partícipes la función de vigilancia y supervisión de la gestión llevada a cabo por la sociedad gestora, controlar que el proceso de suscripciones y reembolsos se realice a través de la cuenta corriente del fondo, realizar los pagos y cobros en las compraventas de valores del fondo y responsabilizarse de la custodia de todos sus valores. En la Orden de 30 de julio de 1992 que regula su funcionamiento se señala textualmente que 'en ningún caso la sociedad gestora podrá disponer directamente de los saldos de cuentas pertenecientes al fondo que gestione. Por tanto, no podrá extender cheques ni otro instrumento de pago contra las cuentas del fondo en el depositario, siendo este último el único autorizado para ello siguiendo las instrucciones de la sociedad gestora'.

En el caso de los fondos y planes de pensiones, sus obligatorias entidades depositarias tienen entre sus principales funciones la custodia y depósito de los valores mobiliarios y demás activos del fondo, la vigilancia de la entidad gestora ante sus promotores, partícipes y beneficiarios, y la realización sólo de las operaciones que se ajusten a las disposiciones legales.

Liquidez garantizada

Si un partícipe de un fondo de inversión mobiliaria (FIM), en cualquiera de sus modalidades, desea recuperar su dinero debe saber que tiene derecho a recibirlo en un plazo máximo de tres días hábiles. Las sociedades gestoras están obligadas a efectuar el reembolso de las participaciones solicitadas en dicho periodo sin recibir ninguna explicación de los motivos concretos del partícipe para hacer líquida su posición. Si un partícipe de un fondo de dinero (FIAMM), en cualquiera de sus modalidades, desea recuperar su dinero debe saber que tiene derecho a recibirlo el día siguiente hábil a la presentación de su solicitud. Las sociedades gestoras están obligadas a efectuar el reembolso de las participaciones solicitadas en dicho plazo. En el caso de los planes y fondos de pensiones, si bien la liquidez no es tan inmediata, inicialmente también está garantizada. La razón de esta mayor tardanza radica en que se debe comprobar que el partícipe que solicita la restitución de sus aportaciones y de sus derechos consolidados ha cumplido los 65 años, ha pasado a estar jubilado, está en situación de paro de larga duración o tiene una enfermedad grave.

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