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Un juez impide la boda entre un español y una menor marroquí

La Dirección General de Registros del Estado y el Notariado ha ratificado una resolución, dictada hace un año por el juez del Registro Civil de Badalona (Barcelona), que impide a un hombre, de 40 años, de la citada ciudad, contraer matrimonio con una menor marroquí a la que apenas conoce. Según la resolución, es este desconocimiento y no la edad de la joven, 15 años, lo que lleva a pensar que se trata de un matrimonio de conveniencia.

El 24 de mayo de 2000, el hombre, ya divorciado, acudió al Registro Civil de Badalona a pedir un certificado de capacidad matrimonial de la chica y este órgano se lo denegó. Para comprobar las buenas intenciones del matrimonio, el juez pidió que la contrayente fuera entrevistada en el Consulado de España de la ciudad marroquí de Larache.

Durante la entrevista, la joven, nacida en Ksar el Kebir, explicó que no sabía castellano, que su futuro marido hablaba un poco de árabe y que le conoció cuando su hermano la había llevado a la casa de aquél. La chica no supo explicar dónde vivía, de qué trabajaba el hombre ni cuáles eran sus gustos. Desde entonces se han visto dos veces más.

El encargado del Registro Civil Consular envió un informe desfavorable sobre la solicitud al juez de Badalona, y éste la denegó. El futuro marido recurrió contra la negativa del juez alegando que es hijo de padre marroquí y madre francesa, por lo que entiende el árabe y el francés y ha viajado periódicamente a Marruecos, donde tiene intereses comerciales desde hace 20 años. El hombre también explicó que la relación con la chica se inició hace tres años y que ambas familias acordaron el matrimonio musulmán en diciembre de 1998.

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