El Superior recuerda al Ayuntamiento de Bilbao su obligación de mantener las condiciones mínimas seguridad
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha decidido en un sentencia que Melita Villacorta Villacorta, vecina de Bilbao, reciba del Ayuntamiento de la capital vizcaína una indemnización de 1.654.495 pesetas, más los intereses devengados, para paliar los daños que sufre desde el 22 de noviembre de 1995. En esta fecha se cayó 'al introducir una de sus piernas en unos huecos u agujeros situados en las aceras en plena vía pública'.
Los agujeros pertenecían a las bases de fijación de unos pivotes situados en dicho lugar y que se habían colocado para impedir que los coches se subieran a la acera y que entraran en la denominada plaza Arletxu.
El Ayuntamiento de Bilbao desestimó la reclamación formulada por Villacorta, quien sufrió este accidente peatonal en la confluencia de las calles Encarnación y Ollerías de Bilbao. El Ayuntamiento señaló, entre otros motivos, que la viandante vivía cerca del lugar de los hechos, y que por tanto 'conocía la zona y podía haber evitado esta caída si hubiese puesto la suficiente atención a la hora de circular por la calle'.
El abogado defensor de la afectada, Iñaki Martínez López, señaló que independientemente de donde viva la afectada, existe una responsabilidad municipal patrimonial por funcionamiento anormal de los servicios públicos.El Ayuntamiento de Bilbao debe costear a Melita Villacorta 'los daños que ha sufrido y que sufre a consecuencia de aquella caída, y que son serios y considerables'. Los agujeros que produjeron la caída a Melita Villacorta, según consta en la sentencia, se producían porque los pivotes de esta zona desaparecían al ser quitados por transportistas o por vándalos. En todo caso, era 'evidente la existencia de dichos huecos'.
Otro de los fundamentos claves de esta sentencia ha sido la prueba testifical de dos señoras que manifestaron durante el juicio haber presenciado el accidente. Ambas puntualizaron que se produjo por 'un defectuoso estado de las aceras por donde deambulan los ciudadanos'.
A consecuencia del accidente la afectada tuvo que verse asistida por una empleada de hogar durante casi un año y también durante en ese tiempo precisó para algunos traslados el uso de taxi. El documento judicial deja constancia que esta Villacorta tras la caída y, según un parte pericial, tiene como secuelas 'derrame articular en rodilla izquierda y dolores continuos con deambulación. Así mismo le está totalmente proscrito, por indicación médica, realizar esfuerzos así como coger pesos'.
El Tribunal Superior para apoyar a la indemnización de esta señora se basa también en que los particulares tienen derecho 'a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos'.
Deficiente estado de la acera
Acreditados los daños que sufrió esta señora la sentencia establece también que las normas locales obligan 'al mantenimiento de las condiciones mínimas y elementales de seguridad de las calles locales, sin que resulte permisible que presenten dificultades u obstáculos a la normal circulación peatonal'. Toda vez que el accidente vino motivado por el deficiente estado de la acera, está claro 'el defectuosos funcionamiento del servicio público y correcta la imputación del daño a la Corporación, pues obvio es que si hubiera procedido al relleno de esos huecos, cumpliendo así su deber de mantener en buen estado las vías públicas, la caída de Doña Melita se habría evitado'.
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