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SANIDAD | EL AUTO CONCEDE UN PERMISO CAUTELAR

El TSJ autoriza un nuevo hospital en Benidorm

El auto basa la autorización cautelar para que Hospimar 2000 construya el hospital de Levante -el que sería el segundo gran centro privado en Benidorm- en el hecho de que desde la solicitud de crear el nuevo centro y de registrarlo en la Consejería de Sanidad -presentada el 28 de abril de 2000- pasaron tres meses sin que el departamento que dirige Serafín Castellano resolviera la petición. Estos 90 días son el plazo que la ley establece para conceder una respuesta positiva basada en el silencio administrativo. Es decir, pasados los tres meses, 'la falta de resolución expresa tendrá efectos estimatorios', como apunta el tribunal.

El escrito recoge que Hospimar solicitó el 14 de agosto de 2000 -17 días después de que finalizara el plazo- un certificado de silencio administrativo a Sanidad, un documento que premitiría a Hospimar 2000 probar la falta de respuesta de Sanidad. Pero 'lejos de cumplir con su obligaciónde de expedir la mencionada certificación en el plazo de quince días', la directora general de la Agencia para la Calidad, Evaluación y Modernización de los Servicios Asistenciales, Rosa Roca, dictó una resolución de fecha 22 de agosto en la que declaraba la no procedencia de la certificación, como recoge el auto. Para los magistrados de la sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo, esta resolución 'se sustentaba en una argumentación contraria' a la ley. Pero no sólo eso. Además, esta decisión de Sanidad carecía de valor al producirse después del silencio administrativo positivo que supone 'un verdadero acto administrativo eficaz'.

Fruto de este razonamiento, el TSJ ha accedido, como medida cautelar, a reconocer de forma provisional la eficacia del silencio administrativo de Sanidad 'por el que se debe entender otorgada la autorización solicitada', además de la inscripción provisional del hospital de Levante en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios. El auto fija una fianza de 25 millones de pesetas a la empresa 'por los posibles daños a los intereses generales'.

Antes de acudir a los tribunales, Hospimar presentó un recurso ante la Consejería contra la decisión de Sanidad de rechazar la solicitud de construcción de un nuevo hospital. Tras la negativa de la Administración y una vez agotada esta vía, Hospimar 2000 planteó un recurso contencioso administrativo contra la decisión del Consell, fruto del cual el TSJ ha dictado este acto favorable a la empresa de servicios sanitarios.

El tribunal también apoya esta resolución, que se encuentra recurrida por la Consejería de Sanidad, en los perjuicios que ha sufrido el hospital. 'No cabe duda de que la parte demandante con la demora está teniendo unos cuantiosos perjuicios', apunta la sala, aunque reconoce que 'estas partidas serían discutibles'. Hospimar planteó 1.186 millones de pesetas de lucro cesante por la paralización de la autorización, más otros 250 por gastos financieros, otros 27,5 millones en intereses y 'perjuicios comerciales causados a la entidad en cuanto a imagen'.

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