El Supremo rechaza los últimos recursos contra la expropiación de terrenos de Itoiz
El Tribunal Supremo ha desestimado los dos últimos recursos interpuestos por propietarios de tierras afectados por el llenado del embalse de Itoiz, cuyo inicio ha retrasado la Confederación Hidrográfica del Ebro hasta el otoño o comienzos de 2002. Ambos litigios se remontaban a los años 1990 y 1991.
Los recurrentes alegaron que no había causa justificada de interés público o social en el proyecto que justificase la expropiación, que no se había seguido el procedimiento especial para trasladar poblaciones y que no se habían admitido otras pruebas.
El Supremo considera que la utilidad pública y el interés general de Itoiz están implícitos en el proyecto aprobado por el Ministerio de Obras Públicas en 1990 y adquiere plena eficacia tras la aprobación por el Congreso en 1997 de la ley que declaró el interés general de Itoiz y el Canal de Navarra. El alto tribunal agrega que el hecho de no haber seguido el procedimiento especial para el traslado de poblaciones cuyos habitantes se ven privados de su principal medio de vida no impide que los afectados sean resarcidos de esos perjuicios especiales que la expropiación les causa. La sentencia recuerda además que la Administración acepta aplicar ese procedimiento específico para los afectados que cumplen determinados requisitos legislativos.
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