El Constitucional anula la sanción a un taxista que llevaba recibos falsos
El Tribunal Constitucional considera que la ordenanza del Ayuntamiento de Madrid que regula el sector del taxi no ofrece la suficiente base legal para sancionar a los miembros de este colectivo que la infrinjan. Una sentencia del más alto tribunal ha anulado la decisión del Ayuntamiento de retirar durante tres meses la licencia a un taxista que fue sorprendido, en el año 1997, con 50 recibos no homologados.
La sanción ahora revocada fue impuesta por el alcalde, el 15 de enero de 1999, al taxista Juan Carlos Serrano Prieto. Pero el Constitucional pone de manifiesto que la ordenanza reguladora del taxi, de 1979, en la que se basó el Ayuntamiento, carecía de cobertura legal. Según el tribunal, para imponer una sanción de esa envergadura debe aplicarse una ley, no una simple ordenanza, que tipifique la sanción. El sindicato UGT afirma que ya es 'vox populi que el Ayuntamiento pierde todos los recursos', lo que perjudica gravemente la imagen de los taxistas.
'Parece como si las infracciones que cometen unos pocos quedasen sin castigo. Por eso, hemos pedido una reunión urgente con la concejal de Policía Municipal, María Tardón, ya que hay que dar una solución a este asunto', declaró Antonio Rivera, presidente del sindicato UPA-UGT.
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