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Los jueces tratan peor a las víctimas de la violencia si son pareja de hecho

La inspección eleva al Poder Judicial un informe sobre maltrato

Los jueces de lo civil no dan el mismo tratamiento a la violencia doméstica que se produce en las parejas de hecho que a la de los matrimonios en lo que se refiere a las medidas cautelares previstas, según un informe del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que hoy examinará el órgano de gobierno de los jueces. El informe propugna una mayor conexión entre jueces civiles y penales.

El documento, denominado La respuesta judicial a la violencia doméstica en el ámbito de las medidas provisionalísimas de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tiene como base la investigación realizada en 85 juzgados civiles y de familia durante el último semestre de 2000.

Una de las cuestiones que analiza es la falta de un tratamiento igual por parte de los jueces a las uniones de hecho y a los matrimonios que reclaman medidas provisionales en procesos de separación o pleitos por la custodia de los hijos en los que está presente la violencia doméstica.

En concreto, el informe revela que es 'frecuente la inadmisión por inadecuación del procedimiento' cuando los solicitantes pertenecen a una pareja de hecho, así como, en general, un diferente tratamiento.

En cambio, los problemas originados con los hijos menores obtienen un tratamiento unitario en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.

El informe ha estudiado un total de 569 medidas provisionales adoptadas por los jueces civiles o de familia, de las cuales 204 se referían a parejas con violencia doméstica. Tales medidas provisionales consisten en obtener la custodia de los hijos, establecer un régimen de visitas o asignar el uso de la vivienda.

Muchos desistimientos

Los letrados del CGPJ que han realizado el estudio consideran sorprendente el alto nivel de desistimientos, especialmente en situaciones de violencia doméstica continuada.

Así, del total de medidas provisionales adoptadas, se produjo desistimiento en 185 (un 32%) por parte de quien las demandaba. Más grave resulta que en los 204 casos de medidas cautelares solicitadas cuando mediaba violencia doméstica, se produjeran 45 desistimientos (un 22%).

En las conclusiones del informe se critica también la ausencia del Ministerio Fiscal habiendo menores por medio. 'No se ha verificado la intervención del Ministerio Fiscal en los supuestos en que existen menores, independientemente de que concurra o no violencia', se dice en el informe.

La exigencia legal, a partir de 2001, de que exista conformidad de la fiscalía en los desistimientos, permite vaticinar a los redactores del informe que es posible que esta omisión desaparezca. El informe tampoco constata medidas específicas instadas por los fiscales para menores.

La inspección critica la aplicación de las medidas tipo, como las antes señaladas, sin que los jueces establezcan otras medidas posibles, como la suspensión del régimen de visitas, la recogida de menores en determinados lugares o en presencia de terceras personas, para remediar la situación violenta.

El informe critica la desconexión entre los jueces civiles y penales y afirma que la coordinación evitaría conflictos familiares. En cambio, estima correctos los 20 días s de respuesta judicial media.

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