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Condena de 18 meses de cárcel a dos empresarios por la muerte de un trabajador

La Audiencia reordena reabrir el caso de un operario que se accidentó en un supermercado

Un total de 18 meses de cárcel ha impuesto un juzgado de Madrid a dos empresarios a los que responsabiliza de la muerte del obrero José Luis Pérez Cañadillas, de 38 años, quien dejó esposa y una hija de apenas ocho años. El hombre pereció atrapado entre los enormes cilindros de una peligrosa y compleja máquina dedicada a la fundición de aluminio. Se introdujo en ella para desatascarla y evitar que se parase la producción y murió aplastado. El siniestro se produjo hacia las 20.30 del 15 de marzo de 1999, en la empresa Inyectados Roma, en un polígono industrial de Valdemoro.

La juez Pilar Alhambra, del Juzgado de lo Penal 27 de Madrid, imputa un delito contra la seguridad de los trabajadores y otro de homicidio imprudente a los dueños de la empresa, Vicente Magaña Fernández, de 55 años, y Andrés Robles Castillo, de 48. Ambos, además, deberán indemnizar con 45 millones a la esposa e hija del malogrado operario.

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La juez arremete con dureza en la sentencia, dictada el pasado 17 de mayo, contra los dueños de la industria. Les reprocha, entre otras irregularidades, que Inyectados Roma careciese 'total y absolutamente' de un plan de prevención de riesgos laborales y que la noche del accidente dejasen solos al frente de una peligrosísima máquina 'a cuatro o cinco trabajadores' que no habían recibido la obligada formación y carecían de cualificación profesional. O al menos, si tenían esa cualificación, la empresa no la reflejaba en sus nóminas.

Todos los trabajadores que había en Inyectados Roma la noche del accidente 'eran simples peones' con contratos temporales renovables cada mes, lo que, según la sentencia, puede explicar el celo de estos operarios, entre ellos la víctima, a la hora de evitar por cualquier medio que la actividad de la máquina se detuviese.

Un 30% de la producción de Inyectados Roma dependía de un adecuado funcionamiento de la máquina marca Idra 0l500, dedicada a producir piezas de aluminio a altísimas temperaturas. Por aquel entonces, los pedidos de piezas vencían y los obreros, sometidos a la eventualidad de sus contratos, se esforzaban por respetar los plazos.

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El accidente de José Luis Pérez sucedió así, según la juez: el molde de una pieza se atascó en el engranaje y detuvo la actividad de la Idra. El peón Julián Martín se percató de la avería y pidió ayuda a José Luis, el fallecido. Ambos, según declara probado la juez, 'hicieron tres o cuatro vaciados de aluminio para ver si se desatascaba sola y, al no lograrlo, lo intentaron dando golpes desde el exterior'.

En vista de que ninguna de las opciones tenía éxito, José Luis optó por introducirse en el interior de la máquina para desatascarla con sus manos. Mientras José Luis entraba, Julián se retiró un momento del lugar para arrojar piezas defectuosas a un recipiente.

Todo ocurrió en apenas unos segundos. La máquina, que tenía pulsado el dispositivo automático, se puso en funcionamiento nada más franquear José Luis la puerta. Ésta se cerró con él dentro y sus enormes cilindros hicieron el resto. Cuando Julián volvió al lugar, 'la puerta estaba casi cerrada, y los pies de su compañero, colgando', reza la sentencia. Pero ya era tarde: los cilindros le habían aplastado el tórax y seccionado el cuello.

En el juicio, celebrado hace poco menos de un mes, el fiscal pidió un total de cuatro años de cárcel para ambos empresarios. Como acción popular intervino el sindicato CC OO, que reclamó seis años de prisión para los imputados.

En el banquillo se sentó también, además de los condenados, el encargado de la empresa, Nicasio Hernández, de 50 años, la persona que, según las acusaciones, en ningún caso debió marcharse aquella noche de la empresa y dejar solos a los peones con tan compleja maquinaria.

La juez le ha absuelto por entender que se trataba 'de un trabajador más cuya cualificación se desconoce', ya que 'sólo llevaba dos años empleado' en Inyecciones Roma. Aunque fue Hernández quien, 'al parecer', explica la juez, 'dio la orden' para que la máquina fuese desatascada, lo cierto es que 'se ignora el contenido preciso de esa orden, o si dijo que lo intentaran y que, si no lo conseguían, lo dejasen para el día siguiente'. Destaca la juez 'que ninguno' de los operarios que se quedaron a trabajar esa noche reunía la cualificación necesaria para el manejo de la máquina.

En el juicio, la empresa argumentó que a todos los trabajadores se les había facilitado 'la suficiente formación para el manejo de las máquinas'. Eso es 'lógico, ¿cómo si no iban a utilizarlas?', replica la juez. 'Ahora bien', se pregunta la magistrada, '¿se enseñaba a los obreros de forma teórica, con el libro de instrucciones y de forma práctica, no sólo el proceso productivo, sino también los mecanismos de seguridad y el riesgo que entrañaba el manejo de las máquinas?'. La respuesta es no, o al menos, según la juez, los dueños de la empresa no lo 'han acreditado en el juicio'.

Para condenarles, la juez se ha basado asimismo en informes de la Inspección de Trabajo que revelan que Idra, la máquina, presentaba serias deficiencias en materia de seguridad laboral.

La juez concluye: 'Ni los trabajadores tenían la suficiente cualificación profesional, ni existía formación ni información sobre el riesgo que entrañaba el manejo de esa máquina, ni ésta cumplía todas las medidas de seguridad que el sentido común exige, como es el hecho de que un trabajador pueda introducirse en la zona operativa de una máquina tan peligrosa y ponerse ésta en marcha sin detectarlo'.

Para la magistrada, los empresarios no pueden alegar en su defensa que el trabajador se excediese en su cometido. 'La víctima cumplía su obligación de la mejor manera que sabía o le habían enseñado', concluye la sentencia.

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