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El CJC duda de la eficacia de la ley de áreas metropolitanas

El órgano consultivo lamenta la brevedad de los plazos para dictaminar trámites urgentes

Las Cortes Valencianas aprobaron hace días una ley genérica de áreas metropolitanas que constituye, a juicio del CJC, un remedo de la normativa básica que dicta el Estado y que no tienen atribuidas las comunidades autónomas. Al margen de los problemas que advierte el órgano consultivo respecto a la ponderación del voto en las asambleas de las futuras áreas metropolitanas -una ponderación que no prevé la ley general de bases de Régimen Local-, el CJC introduce un comentario sobre 'la eficacia' de la nueva norma. El dictamen al respecto explica que 'la ley únicamente tendrá valor ilustrativo o meramente orientativo' puesto que la constitución de futuros organismos específicos para gestionar servicios municipales compartidos, incluso la institución de áreas metropolitanas definidas, requieren nuevas leyes que no tienen por qué ajustarse a la norma general si cumplen los requisitos establecidos por la legislación estatal de carácter básico.

Entre los comentarios relativos a las fuentes del derecho, el CJC también alerta sobre el uso indebido de las denominadas leyes de acompañamiento de los presupuestos y considera que 'únicamente' deberían utilizarse para regular asuntos 'necesarios o convenientes' para una correcta ejecución de la política económica.

Los miembros del CJC entregaron a Eduardo Zaplana la memoria de sus actuaciones durante el año pasado en un acto formal celebrado en el Palau de la Generalitat. Carlos Climent, presidente del órgano consultivo, apuntó que el Consell siguió las recomendaciones jurídicas en más del 91% de los 527 dictámenes emitidos.

Pero lamentó la brevedad del plazo de apenas diez días establecido para dictaminar sobre anteproyectos o resoluciones de carácter urgente remitidos por el Consell.

La inmensa mayoría de los dictámenes emitidos por el CJC refieren a reclamaciones patrimoniales de particulares frente a la administración, en muchos casos por cantidades muy menores. El caso extremo corresponde a una reclamación por la cantidad de 1.486 pesetas que costó la compra de un medicamento sin receta, que además fue desestimada.

Durante 2000 fue significativo el número de reclamaciones presentadas ante la Consejería de Sanidad por ciudadanos que denunciaron haber sido infectados de hepatitis C en hospitales públicos. Sin embargo, el CJC sólo estimó la responsabilidad de la Sanidad pública en tres casos, entre otras cosas, por las dificultades técnicas para establecer el origen del contagio.

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El presidente de la Generalitat se limitó a destacar la 'consolidación' de una institución esencial del autogobierno valenciano que acaba de cumplir cinco años de existencia.

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