Control de riesgos y 'credit crunch'
El 2001 podría pasar a la historia financiera, entre otras cosas, como el año de la aprobación de Basilea Dos: el Nuevo Acuerdo de Capital, cuya propuesta ha presentado el Comité de Supervisión Bancaria y que regirá, desde su probable entrada en vigor en 2004, las normas de solvencia de la banca internacional. El acuerdo pretende sentar las bases para que las entidades mantengan unos recursos propios adecuados a los riesgos que corren por su actividad intermediadora. La característica más relevante de la propuesta es que serán las propias entidades, y no el supervisor, como hasta ahora (mediante circulares del Banco de España, en nuestro caso), las que, a partir de un buen análisis y medición de esos riesgos, podrán decidir los recursos propios que deberán mantener para garantizar un adecuado nivel de solvencia. El papel del supervisor queda también reforzado, en la medida en que debe garantizar y comprobar que las entidades realizan correctamente dichos análisis y mediciones.
El principal riesgo en este tipo de negocio es, lógicamente, el riesgo de crédito, asociado tanto a las carteras de préstamos como a las de valores. A nadie se le oculta que el riesgo de crédito tiene un marcado carácter cíclico. Para ser más exactos, hay una gran correlación, lógica por otra parte, entre los incumplimientos de obligaciones financieras por parte de los prestatarios y el ciclo económico. En épocas de bonanza, el número de empresas y personas que no hacen frente a sus obligaciones frente a prestamistas es sensiblemente menor que el que hallamos en similar situación en etapas de crisis. De hecho, una práctica bancaria prudente debería ser acumular reservas en épocas de bonanza para poder hacer frente a los 'previsibles' impagados durante los años de vacas flacas.
Además de esta práctica razonable y elemental, en el negocio crediticio hay otra constante no menos lógica. Durante las crisis económicas no sólo se producen más impagados, sino que también se otorgan menos créditos. Esta menor concesión de créditos puede tener un origen en las expectativas empresariales (incertidumbre sobre la demanda futura y, por lo tanto, menor inversión) y personales (incertidumbre sobre el empleo y la renta futura), pero también en la actitud de las entidades, que aumentan los requisitos para la concesión de préstamos.
El caso japonés es un excelente exponente de lo comentado: las entidades de crédito no quieren conceder más créditos. Salvando las distancias, otro caso de credit crunch, que es como se llama a esta situación, parece estar dándose en EE UU, o al menos eso denunció el presidente de la Reserva Federal en su última intervención pública, 'solicitando' una relajación de esos requisitos para ayudar a la economía a salir rápidamente de la actual crisis.
Podría argüirse que un mayor, y sobre todo más cercano a la realidad, control del riesgo de crédito, como el que propone Basilea Dos, contribuirá a que las entidades sean más conscientes de ese riesgo en épocas de crisis y el resultado sea un agravamiento del credit crunch, que a su vez prolonga la crisis y se alimenta así el círculo vicioso. Aunque el argumento no deja de ser inquietante, el caso japonés puede servirnos de ejemplo. Si sus bancos no dan créditos es sobre todo por su bajo nivel de capitalización, y éste es, a su vez, el resultado de una política en los ochenta y primeros noventa en la que el correcto control y medición de riesgos brillaron por su ausencia. Japón lo está pagando caro. La conclusión, por tanto, no puede ser otra que ver con agrado cualquier iniciativa que obligue a las empresas (en este caso entidades de crédito) a conocer mejor los riesgos de su negocio y fijar sus necesidades de recursos propios que, en definitiva, representan la capacidad de la entidad para afrontar pérdidas extraordinarias.
Enrique Sánchez del Villar y César Cantalapiedra son socios de AFI.
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