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El derribo de una iglesia del barrio del Pilar, en suspenso desde hace seis meses

El municipio recurrió la demolición ante el Supremo

Uno de los procesos va dirigido contra el gerente de Urbanismo, Luis Armada, y el otro, contra los 23 concejales del Ayuntamiento (21 del PP y dos de IU) que votaron a favor de legalizar la situación urbanística de la iglesia, después de que el Tribunal Superior dictase la orden de derribo. Tanto la orden parcial de demolición de la iglesia, dictada por el Tribunal Superior y que disponía del respaldo de otra sentencia del Tribunal Supremo, como las citadas investigaciones penales están en suspenso desde el pasado 14 de agosto. Ese día, la Sección Primera de lo Contencioso del Tribunal Supremo bloqueó in extremis la orden al estimar un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento y el arzobispado, propietario del templo.

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Los jueces del Tribunal Superior ordenaron la demolición parcial del templo tras dar la razón a dos vecinos de un bloque colindante a la iglesia que llevaban años quejándose de que las paredes del templo taponaban la luz natural a sus viviendas y, además, incumplían la separación mínima de sus casas -siete metros- que imponen las normas urbanísticas de Madrid.

Sólo unos días antes de que el Ayuntamiento mostrase por fin su disposición a acatar la orden tras un fuerte y prolongado rifirrafe con los jueces del Tribunal Superior, el Supremo bloqueó el derribo. La Sala Tercera de lo Contencioso del Supremo consideró, en contra del criterio del Tribunal Superior, que el Ayuntamiento sí tenía derecho a recurrir en casación el auto del Tribunal Superior que consideraba nulo el acuerdo del pleno en el que 23 concejales habían votado a favor de legalizar la iglesia para no tener que derribarla.

El recurso del Consistorio, al que se adhirió el arzobispado de Madrid, se fundamentó en que la decisión de legalizar la iglesia es una potestad del municipio. Los jueces del Tribunal Superior vetaron el recurso alegando que no se ajustaba a derecho cualquier medida que emprendiese el Ayuntamiento -por ejemplo, el citado recurso- para evitar la ejecución del derribo.

Sentencia y ejecución

Los cinco jueces de la Sección Primera del Tribunal Superior señalaron que, si bien cabe recurso contra una sentencia, no ocurre igual contra su ejecución. El Supremo ya se pronunció en su día sobre la infracción urbanística de la iglesia al confirmar -por dos veces en un recurso de casación y después en otro de revisión- la orden de derribo dictada por el Tribunal Superior. Lo que ahora tiene que resolver el Supremo es si el Ayuntamiento puede recurrir ante él la decisión del Tribunal Superior de impedir al Consistorio la legalización de la iglesia y anular el acuerdo plenario fechado en marzo del año 2000.

El bloqueo del Supremo al derribo llegó justo el mismo día en que el Tribunal Superior de Justicia comunicaba a las partes un nuevo auto en el que rechazaba la petición del alcalde de Madrid, José María Álvarez del Manzano, de aplazar la demolición del templo para no entorpecer las bodas y los bautizos previstos en él. La tenaz negativa del Ayuntamiento a cumplir la orden de derribo llevó al Tribunal Superior a dictar cinco autos en los que incluso llegó a aludir a una supuesta 'connivencia' entre el Consistorio y el arzobispado para eludir la demolición. El mismo día en que el Supremo bloqueó el derribo, también había expirado el plazo de 20 días dado por el Tribunal Superior al regidor madrileño para que ejecutase de una vez por todas la sentencia de derribo. Este plazo era la continuación de una serie de diligencias abiertas por el Tribunal Superior y remitidas a los juzgados de la plaza de Castilla contra los 21 ediles del PP del Ayuntamiento y otros dos de IU que habían acordado legalizar la situación urbanística de la iglesia.

Los ediles pensaron que, si la iglesia no se ajusta al plan de urbanismo, la solución era cambiar el plan para adecuarlo a ella. Los jueces entendieron este acuerdo como una desobediencia y dedujeron testimonio contra los concejales. El Juzgado de Instrucción 39 de Madrid abrió diligencias contra ellos, pero las suspendió tras el bloqueo in extremis del Supremo. También abrió el Tribunal Superior diligencias contra el gerente de Urbanismo, Luis Armada, por no ejecutar la orden de derribo. Estas diligencias se hallan en poder del Juzgado de Instrucción 33 de la plaza de Castilla, que también las tiene paralizadas a la espera del dictamen del Supremo. Además, sobre Armada han recaído ya dos multas de 500.000 pesetas, impuestas por los jueces del Tribunal Superior, por incumplir dos de las órdenes de derribo que le habían transmitido. Una de ellas la ha pagado ya Armada y la otra debía pagarla de su bolsillo justo cuando el Supremo paró la orden de demolición.

El alcalde de Madrid, José María Álvarez del Manzano, calificó como 'una buena noticia' la decisión del Supremo de bloquear el derribo, aunque eludió hacer más comentarios. El concejal de Urbanismo, Ignacio del Río, apuntó, por su lado, que la decisión del Supremo abría la puerta 'a la legalización de la iglesia'. Los jueces del Tribunal Superior llevan, pues, seis meses aguardando el dictamen del Supremo para decidir el futuro de una parte de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes.

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