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La UE armonizará las penas contra la trata de personas y la pornografía infantil

Los ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea se pusieron de acuerdo ayer en Estocolmo para que se adopte urgentemente un marco legal común que permita armonizar la definición y las penas para el tráfico de seres humanos con fines de explotación sexual y económica. Los Quince confían en alcanzar un acuerdo en mayo. Los criminales podrán pasar un mínimo de seis años de cárcel si se les acusa de un delito de inmigración ilegal y la explotación sexual de menores con fines pornográficos se penalizará con cuatro.

'La trata de seres humanos en la UE no es una expresión retórica. El comercio de personas con fines económicos y sexuales existe en nuestros países', declaró el ministro de Justicia sueco, Thomas Bodström. Las cifras lo demuestran. Cada año las mafias introducen en los países miembros medio millón de mujeres para su explotación sexual, en su mayoría procedentes de los países del centro y del este de Europa. A todo esto se le añade la inmigración ilegal y los delitos relacionados con la pornografía infantil.

El comisario europeo responsable de Asuntos de Justicia e Interior, Antonio Vitorino, insistió ayer durante el Consejo informal JAI en la necesidad de que se tapen todos los agujeros legales que permiten a las mafias operar sin escrúpulos en la Unión Europea. 'Las mafias tienen que saber que en Europa no tendrán paraísos donde refugiarse para explotar a esta gente', advirtió.

El Gobierno español se pondrá de inmediato a trabajar para adaptar la legislación española a las futuras directrices de la UE y adelantarse al acuerdo que pretenden alcanzar los Quince antes del final del semestre bajo presidencia sueca. 'España tendrá que modificar su código penal para endurecer el castigo de estos delitos', anunció el ministro español de Justicia, Ángel Acebes.

El consenso de los Quince se orienta de esta manera:

- Los delitos por trata de seres humanos con fines económicos y la inmigración ilegal estarán penados con un mínimo de 6 años de cárcel, que se convierten en un mínimo de 10 si hay conducta agravante. La legislación española prevé tres años.

- Los delitos por explotación sexual de menores con fines de producción y distribución de material pornográfico infantil tendrán una sanción penal no inferior de cuatro años de cárcel y de ocho años cuando haya agravantes. La adquisición y tenencia de este material estará penada con un año de cárcel. En España, el primer delito está tipificado con penas de entre uno y tres años de cárcel y el segundo no existe.

- Los delitos por prostitución infantil estarán sancionados con un mínimo de cuatro años de cárcel. La legislación española no tendrá que modificarse en este punto.

La UE busca así lanzar un mensaje claro a las mafias y perseguir también a los criminales y clientes que fomentan la producción y distribución de pornografía infantil. Esta tipificación común de los delitos y de las penas estará también acompañada de un reforzamiento del intercambio rápido de información y de la cooperación policial y judicial.

La paradoja que se da en la actualidad es que las personas que sufren la explotación por parte de las mafias son también las víctimas de los sistemas judiciales. Por eso los Quince acordaron que se dé un estatuto especial a quienes caen en las redes de esas organizaciones criminales, para protegerles y facilitarles la posibilidad de testificar contra ellas.

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