El proceso sin abogado, la gran novedad
El 'proceso monitorio' es, según los juristas, la gran novedad de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil. Permitirá a los usuarios de la justicia plantear un pleito civil sin tener que buscar y pagar a un abogado y un procurador, figuras éstas que antes eran imperativas para iniciar los procesos civiles. Está ideado para reclamar deudas inferiores a cinco millones de pesetas siempre que el acreedor justifique el débito.
El usuario podrá acudir al registro del juzgado y pedir los formularios previstos al efecto, una especie de guías que le servirán de orientación a la hora de rellenar la demanda y explicar al juez su petición. Se ahorrará así el tener que pagar a un abogado para que le tramite su petición. Si no hay oposición por parte del demandado (por ejemplo, el deudor reconoce la deuda o, simplemente, calla), pasados 20 días desde que se interpuso la demanda, el juez debe dictar la sentencia y despachar su ejecución. Ahora bien, si el demandado se opone (es decir, niega fehacientemente ante el juzgado mantener la deuda), el pleito se transformará entonces en un proceso normal, lo que obligará a ambas partes a acudir a abogado y procurador. Si el demandado perdiese el pleito, también pagaría los honorarios del letrado del denunciante.
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