_
_
_
_
LA NUEVA LEY DEL MENOR

La Ley del Menor da un salto al vacío Jueces y fiscales temen que la falta de medios haga inaplicables las sentencias

Jueces y fiscales temen que la falta de medios haga inaplicables las sentencias

Pablo Ximénez de Sandoval

La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el próximo día 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acabó con la vida de sus padres y su hermana mientras dormían; o las dos adolescentes de Cádiz que mataron a una amiga a sangre fría. En ambos casos tienen menos de 18 años y llevan más de seis meses en prisión preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la cárcel después del día 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estarán en la calle. '¿Y dónde los vamos a meter?, ¿dónde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.

Más información
Francia amenaza con mandar a la cárcel a los delincuentes de 13 años

Son sólo dos de los 90 jóvenes que deben salir de la cárcel inmediatamente después de esa fecha. La mayoría pasará, según la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versión moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en régimen cerrado. Pero el número exacto saldrá de sumar a estos los jóvenes de entre 18 y 21 años que ingresaron antes de la mayoría de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ésos podrían ser unos 700 más, según una estimación del PSOE, a través de su secretario de Libertades Públicas y Desarrollo, Juan Fernando López Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos años, los que les quedan menos de dos años para salir y los que llevan más de seis meses en prisión preventiva. Éstos saldrán en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabrá hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.

La nueva ley surgió con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del círculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 años, y prevé numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos más graves.

Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro regímenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vacío, es decir, podría determinar una reclusión para un penado y verse en la obligación de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.

Así lo reconoce José María Fernández, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si además no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fernández apunta también otra posibilidad, que sería 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara según la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el régimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos sería una auténtica chapuza jurídica'. Como último recurso, se le puede trasladar a otra comunidad autónoma, un extremo que se ha dado en casos de atención psiquiátrica muy especializada.

Las 'chapuzas' vendrán provocadas por una falta de medios que las comunidades autónomas vienen denunciando hace meses y que, a seis días de la entrada en vigor de la ley, está muy lejos de verse solucionada en regiones como Andalucía, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las más críticas con esta situación. La conclusión es que 'la aplicación de la Ley del Menor a partir del sábado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.

Según Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los módulos de menores de las cárceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto sólo se da para los delitos más graves (violación, homicidio, robo con violencia). La urgencia hará que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es más, se apunta a que, en una situación de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estarían dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedarían en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.

El supuesto más grave es el de internamiento terapéutico, el recomendado para menores con necesidades médicas por drogodependencia o cuadros psiquiátricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qué se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxicómanos, llevarlos a los centros de atención diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiquiátricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andalucía, Madrid, Canarias o Galicia, las únicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestación y la retirada del permiso de conducir.

La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el próximo día 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acabó con la vida de sus padres y su hermana mientras dormían; o las dos adolescentes de Cádiz que mataron a una amiga a sangre fría. En ambos casos tienen menos de 18 años y llevan más de seis meses en prisión preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la cárcel después del día 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estarán en la calle. '¿Y dónde los vamos a meter?, ¿dónde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.

Son sólo dos de los 90 jóvenes que deben salir de la cárcel inmediatamente después de esa fecha. La mayoría pasará, según la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versión moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en régimen cerrado. Pero el número exacto saldrá de sumar a estos los jóvenes de entre 18 y 21 años que ingresaron antes de la mayoría de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ésos podrían ser unos 700 más, según una estimación del PSOE, a través de su secretario de Libertades Públicas y Desarrollo, Juan Fernando López Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos años, los que les quedan menos de dos años para salir y los que llevan más de seis meses en prisión preventiva. Éstos saldrán en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabrá hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.

La nueva ley surgió con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del círculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 años, y prevé numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos más graves.

Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro regímenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vacío, es decir, podría determinar una reclusión para un penado y verse en la obligación de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.

Así lo reconoce José María Fernández, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si además no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fernández apunta también otra posibilidad, que sería 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara según la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el régimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos sería una auténtica chapuza jurídica'. Como último recurso, se le puede trasladar a otra comunidad autónoma, un extremo que se ha dado en casos de atención psiquiátrica muy especializada.

Las 'chapuzas' vendrán provocadas por una falta de medios que las comunidades autónomas vienen denunciando hace meses y que, a seis días de la entrada en vigor de la ley, está muy lejos de verse solucionada en regiones como Andalucía, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las más críticas con esta situación. La conclusión es que 'la aplicación de la Ley del Menor a partir del sábado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.

Según Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los módulos de menores de las cárceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto sólo se da para los delitos más graves (violación, homicidio, robo con violencia). La urgencia hará que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es más, se apunta a que, en una situación de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estarían dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedarían en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.

El supuesto más grave es el de internamiento terapéutico, el recomendado para menores con necesidades médicas por drogodependencia o cuadros psiquiátricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qué se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxicómanos, llevarlos a los centros de atención diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiquiátricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andalucía, Madrid, Canarias o Galicia, las únicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestación y la retirada del permiso de conducir.

La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el próximo día 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acabó con la vida de sus padres y su hermana mientras dormían; o las dos adolescentes de Cádiz que mataron a una amiga a sangre fría. En ambos casos tienen menos de 18 años y llevan más de seis meses en prisión preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la cárcel después del día 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estarán en la calle. '¿Y dónde los vamos a meter?, ¿dónde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.

Son sólo dos de los 90 jóvenes que deben salir de la cárcel inmediatamente después de esa fecha. La mayoría pasará, según la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versión moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en régimen cerrado. Pero el número exacto saldrá de sumar a estos los jóvenes de entre 18 y 21 años que ingresaron antes de la mayoría de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ésos podrían ser unos 700 más, según una estimación del PSOE, a través de su secretario de Libertades Públicas y Desarrollo, Juan Fernando López Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos años, los que les quedan menos de dos años para salir y los que llevan más de seis meses en prisión preventiva. Éstos saldrán en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabrá hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.

La nueva ley surgió con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del círculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 años, y prevé numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos más graves.

Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro regímenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vacío, es decir, podría determinar una reclusión para un penado y verse en la obligación de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.

Así lo reconoce José María Fernández, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si además no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fernández apunta también otra posibilidad, que sería 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara según la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el régimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos sería una auténtica chapuza jurídica'. Como último recurso, se le puede trasladar a otra comunidad autónoma, un extremo que se ha dado en casos de atención psiquiátrica muy especializada.

Las 'chapuzas' vendrán provocadas por una falta de medios que las comunidades autónomas vienen denunciando hace meses y que, a seis días de la entrada en vigor de la ley, está muy lejos de verse solucionada en regiones como Andalucía, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las más críticas con esta situación. La conclusión es que 'la aplicación de la Ley del Menor a partir del sábado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.

Según Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los módulos de menores de las cárceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto sólo se da para los delitos más graves (violación, homicidio, robo con violencia). La urgencia hará que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es más, se apunta a que, en una situación de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estarían dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedarían en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.

El supuesto más grave es el de internamiento terapéutico, el recomendado para menores con necesidades médicas por drogodependencia o cuadros psiquiátricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qué se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxicómanos, llevarlos a los centros de atención diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiquiátricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andalucía, Madrid, Canarias o Galicia, las únicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestación y la retirada del permiso de conducir.La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el próximo día 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acabó con la vida de sus padres y su hermana mientras dormían; o las dos adolescentes de Cádiz que mataron a una amiga a sangre fría. En ambos casos tienen menos de 18 años y llevan más de seis meses en prisión preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la cárcel después del día 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estarán en la calle. '¿Y dónde los vamos a meter?, ¿dónde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.

Son sólo dos de los 90 jóvenes que deben salir de la cárcel inmediatamente después de esa fecha. La mayoría pasará, según la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versión moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en régimen cerrado. Pero el número exacto saldrá de sumar a estos los jóvenes de entre 18 y 21 años que ingresaron antes de la mayoría de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ésos podrían ser unos 700 más, según una estimación del PSOE, a través de su secretario de Libertades Públicas y Desarrollo, Juan Fernando López Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos años, los que les quedan menos de dos años para salir y los que llevan más de seis meses en prisión preventiva. Éstos saldrán en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabrá hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.

La nueva ley surgió con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del círculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 años, y prevé numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos más graves.

Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro regímenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vacío, es decir, podría determinar una reclusión para un penado y verse en la obligación de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.

Así lo reconoce José María Fernández, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si además no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fernández apunta también otra posibilidad, que sería 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara según la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el régimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos sería una auténtica chapuza jurídica'. Como último recurso, se le puede trasladar a otra comunidad autónoma, un extremo que se ha dado en casos de atención psiquiátrica muy especializada.

Las 'chapuzas' vendrán provocadas por una falta de medios que las comunidades autónomas vienen denunciando hace meses y que, a seis días de la entrada en vigor de la ley, está muy lejos de verse solucionada en regiones como Andalucía, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las más críticas con esta situación. La conclusión es que 'la aplicación de la Ley del Menor a partir del sábado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.

Según Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los módulos de menores de las cárceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto sólo se da para los delitos más graves (violación, homicidio, robo con violencia). La urgencia hará que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es más, se apunta a que, en una situación de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estarían dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedarían en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.

El supuesto más grave es el de internamiento terapéutico, el recomendado para menores con necesidades médicas por drogodependencia o cuadros psiquiátricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qué se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxicómanos, llevarlos a los centros de atención diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiquiátricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andalucía, Madrid, Canarias o Galicia, las únicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestación y la retirada del permiso de conducir.

El precio de la indecisión

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Pablo Ximénez de Sandoval
Es editorialista de la sección de Opinión. Trabaja en EL PAÍS desde el año 2000 y ha desarrollado su carrera en Nacional e Internacional. En 2014, inauguró la corresponsalía en Los Ángeles, California, que ocupó hasta diciembre de 2020. Es de Madrid y es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_