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Tribuna:EL INDULTO A GÓMEZ DE LIAÑO
Tribuna
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Patente de corso

El Gobierno decidió celebrar el pasado viernes de manera tempranera el Día de la Constitución con el anuncio de un paquete-sopresa de 1.443 indultos, sospechosamente semejante a la figura del indulto general de la época franquista que el artículo 62 de la norma fundamental prohíbe. Las piadosas alusiones del ministro Acebes a la Santa Sede, inspiradora de una macro-medida de gracia adoptada por un Estado -sin embargo- no confesional, parecen insinuar un anticipado homenaje a la festividad de la Inmaculada Concepción, devoción mariana muy querida por el Papa y por la Iglesia española. Aunque los portavoces oficiales y mediáticos del Gobierno nieguen las evidencias, esta tumultuosa manifestación de beneficiados convocada desde el Consejo de Ministros sólo se propone meter dentro de sus filas el indulto del ex juez Gómez de Liaño, condenado a quince años de inhabilitación especial en octubre de 1999 por el Supremo como autor de un delito continuado de prevaricación en la instrucción del llamado caso Sogecable. La teatral atribución a Maria Teresa Moreno, Tani, y a 460 insumisos del papel de figurantes en el coro de la tragedia es una simple artimaña gubernamental orientada a ganarse las simpatías de las mujeres maltratadas y de los movimientos de desobediencia civil. La gracia concedida a los condenados del caso Filsea es otra astucia no menos burda, dirigida esta vez a tapar la boca a los socialistas; sin embargo, la imagen en el espejo de los indultados responsables de la financiación ilegal del PSOE no es Liaño sino Peña, perdonado de un delito de prevaricación cometido como alcalde de Burgos cuando su protector José María Aznar era presidente de la Junta de Castilla y León.No menos evidentes son los motivos de la gracia concedida a Liaño por el Gobierno contra el informe del Supremo, que se opuso al indulto parcial o total por no darse las razones de "justicia, equidad o utilidad pública" requeridas. A raíz de la condena y expulsión de la carrera judicial de Liaño, algunos periodistas y tertulianos que trabajan para el Gobierno desde Abc, El Mundo, Radio Nacional y la Radio de los Obispos lanzaron una injuriosa campaña contra los magistrados firmantes de la sentencia. El capítulo dedicado al caso Sogecable en un reciente libro sobre Garzón (Plaza y Janés, 2000) devuelve el honor a los jueces del Supremo y a los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) vejados por ese tropel de linchadores. Pilar Urbano -numeraria del Opus Dei y antigua colaboradora de Abc, El Mundo y Época- cuenta las culpables connivencias del juez instructor del caso Sogecable con el denunciante Jaime Campmany, el abogado García Trevijano, el magistrado Navarro Esteban y los llamados fiscales indomables de la Audiencia Nacional. La periodista pone igualmente al descubierto la participación en esa trama delictiva del propio Gobierno, que encargó a unos venales "expertos" el informe utilizado después para la denuncia y dirigió siempre la estrategia del ministerio público; el fiscal Gordillo se jactaba de obedecer las órdenes del Ejecutivo y de haber sido informado por el vicepresidente Cascos de la sustitución de Ortiz Úrculo por Cardenal como fiscal general del Estado una semana antes de que se produjera.

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La confusa intervención del ministro de Justicia tras el Consejo de Ministros anunció el reingreso automático e inmediato de Liaño en la carrera judicial, así como la concesión a los terroristas y narcotraficantes del privilegio comparativo de mantenerles fuera de su competencia. La lectura del decreto del indulto permitirá confirmar si el Gobierno se propone realmente perpetrar ese atentado a la independencia del Poder Judicial y regalar a un juez condenado por prevaricación la patente de corso necesaria para proseguir sus desmanes. La pena de inhabilitación especial con que fue condenado Liaño en su día lleva aparejada (artículo 42 del Código Penal de 1995) dos consecuencias distintas: de un lado, "la privación definitiva" del cargo o empleo, una medida ya ejecutada de manera irreversible con su expulsión en 1999 de la carrera judicial; de otro, la "incapacidad" para obtener "durante el tiempo de la condena" ese mismo empleo u otro análogo. Excluido del escalafón judicial por la sentencia condenatoria, el indulto pagado a Liaño por el Gobierno a cuenta de oscuras deudas del pasado le permitiría volver a la magistratura sólo si llegase a superar en el futuro las pruebas requeridas por el CGPJ después de que hubiesen transcurrido los cinco años necesarios para cancelar sus antecedentes penales.

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