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El Consejo de Estado critica que se eleve a 10 años el internamiento para los menores de 16

El Consejo de Estado remitió ayer al ministro de Justicia, Ángel Acebes, un informe sobre la reforma de la ley antiterrorista en el que objeta la técnica legislativa que pretende emplear el Gobierno y propone que se suavicen algunas de las medidas proyectadas. Entre ellas, la pretensión de elevar a hasta 10 años el internamiento para los menores de 16 implicados en actos terroristas, y la falta de proporcionalidad de la pena de inhabilitación, que se aplica por igual a todos los delitos. Aunque el portavoz del Consejo aseguró que el informe "no pone serias objeciones" al proyecto del Ejecutivo, sí sugiere varias modificaciones, entre ellas, que el delito de perturbación de los plenos locales se limite al impedimento de la actuación municipal.

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Suavizar las medidas

La comisión permanente del Consejo de Estado, "supremo órgano consultivo del Gobierno", como lo define la Constitución, aprobó ayer un informe de 18 folios que reconoce que la reforma proyectada supone "una adecuada identificación de los problemas planteados por la realidad cotidiana del terrorismo, así como una reacción congruente a ellos".Sin embargo, esta institución recomienda al Gobierno la mejora técnico-jurídica de una iniciativa legislativa que trata de aplicar tipos delictivos de adultos a menores mediante una reforma parcial del Código Penal y de la reciente Ley Penal del Menor, que todavía no ha entrado en vigor.

Sí al delito de apología

Respecto a la reforma de esta última ley, el Consejo de Estado dice que "no obedece a nuevos hechos o circunstancias que antes fueron imprevisibles y que, al aparecer después, ahora la aconsejan -pues el terrorismo dista mucho de ser un problema reciente-, sino a una insuficiencia originaria y evitable de la Ley del Menor o a un cambio súbito de la política legislativa sobre la materia".

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En cuanto a la ampliación del internamiento máximo del menor de cinco a 10 años, el informe parte de que la ley a reformar sólo permite dos años de internamiento para los muchachos de 14 y 15 años. El Consejo de Estado estima "desproporcionado elevar a todos los menores por igual de dos a 10 años la duración de la medida de internamiento en régimen cerrado".

Para suavizar la medida proyectada, el informe cree "más respetuoso" con la filosofía de la ley que se pretende ampliar hasta 10 años el internamiento de los terroristas de 16 y 17 años, mientras que para los menores de esa edad la duración "no debería en ningún caso exceder de cinco años", con lo que se "dispensaría un tratamiento desigual para menores de madurez psíquica y personal también desigual". El Consejo de Estado reprocha al Gobierno la poca observancia del principio de proporcionalidad cuando, por ejemplo, pretende extender la pena de inhabilitación absoluta de 6 a 20 años "a todos los delitos de terrorismo, cualquiera que sea la duración de la pena", de modo que, incluso los "castigados con penas de privación de libertad de uno a dos años, serán inhabilitados por un mínimo de seis años".

Sobre el nuevo delito de perturbación del orden de los plenos de las corporaciones locales por quienes no son miembros de ellas, que se castigaría con penas de hasta un año de cárcel, el Consejo de Estado señala que, "teniendo en cuenta el carácter tradicionalmente participativo y vecinal de muchos de esos plenos del Ayuntamiento (...) sería más indicado que el anteproyecto cualificase de algún modo la gravedad de la perturbación del orden, precisando que se entiende por perturbación grave punible aquella que persiga alguna de las finalidades" terroristas "o que impida la adopción de acuerdos o el desarrollo del orden del día previsto".

El informe sí es favorable a otro de los puntos polémicos de la reforma: la reincorporación del delito de apología del terrorismo, aunque no incite directamente al delito como exige el vigente Código Penal. El Consejo de Estado cree esa iniciativa "pertinente" porque "cubre un espacio de impunidad sobrevenida para conductas socialmente reprochables".El Consejo emite también un "juicio favorable" sobre el delito de descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas del terrorismo, pero propone que se concrete la condición de las víctimas y que los actos a los que se refiere el delito hayan de difundirse públicamente, "excluyendo de castigar, en cambio, las manifestaciones meramente privadas, domésticas o íntimas".

El Consejo de Estado constata una omisión en el anteproyecto: la adecuación del delito de colaboración con banda armada a la doctrina emanada de la sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de julio de 1999, que excarceló a los miembros de la Mesa de HB. También propone mejoras técnicas para la reforma del delito de daños.

Preside el Consejo de Estado Íñigo Cavero y a su comisión permanente pertenecen, entre otros, Landelino Lavilla, ex presidente del Congreso; Miguel Rodríguez-Piñero, ex presidente del Tribunal Constitucional; Jerónimo Arozamena, ex vicepresidente del mismo Tribunal; José Luis Manzanares, ex vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, y Fernando de Mateo Lage, ex presidente de la Audiencia Nacional.

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