La pensión mínima de jubilación será de 72.065 pesetas mes en 2001
La pensión mínima de jubilación del año 2001 para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 1.008.910 pesetas al año, que dividido por las 14 pagas que perciben los pensionistas supone 72.065 pesetas al mes. Para los beneficiarios menores de esa edad será de 889.560 pesetas en todo el año. Según se recoge en el articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge tendrá una pensión mínima de 856.660 pesetas anuales, mientras que bajará a 753.060 pesetas si no ha cumplido los 65. Esas pensiones mínimas son el resultado de la revalorización en un 2% decidida por el Gobierno (una cantidad igual al objetivo de inflación), que se aplicará en enero próximo. El tope máximo para las pensiones públicas se sitúa en 4.340.548 pesetas anuales.
Las prestaciones mínimas para las personas con invalidez permanente y que tengan cónyuge a cargo se elevarán a 1.513.400 pesetas año. En los supuestos de invalidez absoluta, la percepción mínima será de 1.008.910 pesetas anuales para los pensionistas con cónyuge y de 856.660 para los que no tengan esposa o esposo a cargo.
Las pensiones de viudedad para las personas mayores de 65 años ascenderán a 856.660 pesetas anuales, que bajarán hasta las 753.060 pesetas para los perceptores entre 60 y 64 años y a 600.950 pesetas para los de menos de 60 años.
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