La Audiencia culpa al fiscal de la absolución de tres etarras acusados de intentar asesinar a un concejal
La Sección Cuarta de lo Penal la Audiencia Nacional responsabilizó ayer al fiscal Ignacio Peláez de la absolución de los integrantes del comando Andalucía de ETA José Luis Barrios, Maite Pedrosa y Mikel Azurmendi, por el intento de secuestro y asesinato del concejal del PP en Nerja José Luis Pezzi.Sin embargo, la absolución no tiene mayor transcendencia desde el punto de vista de su permanencia en prisión, ya que los tres etarras están condenados por otros crímenes, como el asesinato del concejal del PP de Sevilla Alberto Jiménez Becerril y su esposa, a más de 30 años de cárcel, el máximo previsto en la legislación española.
El tribunal absuelve a los tres etarras por falta de pruebas y lanza duras críticas al fiscal. Así, tras señalar la dificultad de probar la existencia de un hecho y su posterior desistimiento, el tribunal destaca: "Pero ello, en modo alguno, justifica un relato, el de la acusación, impreciso en su formulación, incongruente con el resultado de la prueba practicada a su instancia y, menos aún, la ausencia de toda prueba tendente a corroborar la realidad de la imputación".
"La inconsistencia del relato acusatorio", agrega más adelante, "se ve reforzada por el escaso, más bien nulo, poder de convicción que resulta del examen de los documentos hallados en poder de los acusados".
El tribunal admite que entre los documentos intervenidos a los procesados aparece anotado el nombre de José Luis Pezzi y junto a él una fotografía de un varón y dos anotaciones con dos direcciones, pero los magistrados señalan que no se ha realizado ninguna prueba sobre esos datos, como que las anotaciones hubieran sido realizadas por alguno de los etarras, que la fotografía pertenezca efectivamente al concejal Pezzi, o que las direcciones mencionadas correspondan al domicilio y lugar de trabajo de la víctima. "Más aún, por el Ministerio Fiscal se afirma que José Luis Pezzi era concejal del Ayuntamiento de Nerja (...) y sin embargo, ninguna prueba se ha practicado para verificar el ejercicio de tales funciones públicas".
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