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El juez archiva la acusación de soborno contra el PP de Callosa

Disciplina de partido

Carlos Mancho Sánchez, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Orihuela, decretó ayer el sobreseimiento libre de la denuncia presentada por el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Callosa de Segura (La Vega Baja), contra tres ediles del PP de esa localidad a los que se acusaba de intentar sobornar al concejal socialista José Manuel Martínez para provocar una moción de censura. Según la denuncia, los populares ofrecieron diversas prebendas a Martínez con el objeto de desalojar del poder local a la coalición de fuerzas de izquierda integrada por PSPV, EU y Democracia Socialista, en beneficio de la candidatura encabezada por Javier Pérez, candidato del PP.Tras varios meses de instrucción judicial y toma de declaración de acusadores, imputados y testigos, la semana pasada se celebró en el mismo juzgado una audiencia preliminar, tras la que el juez, que antes imputó el delito de cohecho a los tres concejales y dos empresarios que habrían mediado en el supuesto intento de soborno, debía decidir si archivaba la causa, como solicitaban la defensa y el fiscal, o, por contra, enviaba el expediente a la Audiencia para constituir el jurado que debía juzgar a los acusados.

Para el juez, el único indicio de criminalidad se basa en el testimonio de Antonia Menargues, esposa del concejal socialista que denunció los hechos, sin que la acusación aportara más pruebas. Ese testimonio no es suficiente, ya que dada la vinculación familiar "hace dudar seriamente de su imparcialidad". El juez hace notar la "animadversión" que a su entender existe entre Antonia y su hermano Luis, uno de los empresarios acusados de actuar como mediadores en el intento de cohecho.

El auto de sobreseimiento reseña que el ofrecimiento de prebendas a un concejal a cambio de su voto sólo puede subsimirse en el artículo 423 del Código Penal, que tipifica el cohecho activo, referido a la ejecución de un acto delictivo o injusto cometido por un particular en el ejercicio de su cargo, que no es el caso.

En las consideraciones finales, el juez incluye su teoría sobre la disciplina de partido, "que no es un deber jurídico, y discutible es que lo sea de carácter moral si atendemos a las consideraciones de índole política relacionadas con el concepto de democracia". Para el juez, el quebrantamiento de la disciplina de partido ("algo bastante común en nuestra política y que no conlleva sanción alguna", matiza) no es una conducta delictiva ni injusta. "Por consiguiente, aun cuando se realice a cambio de alguna dádiva, es penalmente atípica y no merecedora de reproche penal a tenor de nuestra legislación positiva".Mientras la acusación anunció que recurrirá el auto, los acusados reactivarán la querella que presentaron en octubre por denuncia falsa, y reclamaron las dimisiones del alcalde de la lodalidad, José Pina, y el edil Martínez, por dañar su honor.

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