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¿Cooficialidad?

Una sentencia sobre el alcance de la cooficialidad del valenciano nos trae la noticia de que la instancia judicial interpretó el asunto prisionera de una ley obsoleta. Tres lustros después de la Llei d'Ús i Ensenyament del Valencià, 17 años después de entrar en vigor nuestro Estatuto de Autonomía y 22 años después de promulgarse la Constitución, el simple hecho de que un Ayuntamiento de la zona valenciano-parlante del país (Vinaròs) incluya la condición de conocer la lengua propia de los valencianos para acceder a plazas de funcionario da pie a recordar que de haber exigido la Ley de la Función Pública Valenciana el requisito genérico del conocimiento del valenciano el acuerdo del pleno ahora anulado hubiera sido válido.No es éste el lugar para desmenuzar las sutiles contradicciones que se recogen en la fundamentación jurídica de la sentencia (cosa que haré en breve), pero sí para apuntar algunas reflexiones que motiva el controvertido fallo.Esta sentencia se produce en los mismos días en que se habla confidencialmente de que la AVL podría no constituirse, volviendo inútil el extraordinario esfuerzo que movilizó las esperanzas de tantos miles de valencianos en los días que esperábamos el dictamen del CVC, y en los posteriores, que hicieron posible la discusión y aprobación de una Ley de la Generalitat creando la AVL. Sin embargo, es bastante más explícito el silencio resignado de muchos actores políticos y civiles otrora pendientes y vigilantes del proceso de normalización de los ámbitos de uso público del valenciano ante una muestra evidente de que lo que ahora ha fallado no es la calidad jurídica de nuestro TSJ sino la incómoda presencia de una norma jurídica aprobada por las Cortes Valencianas (el art. 12 de la LFPV). Parece, por ello, como si estuviésemos, también en el tema de la lengua, un poco desfondados y exhaustos para responder con la convicción pertinente y el eco social adecuado a ese paso a paso que va convirtiendo la lengua propia en asignatura, adorno, e inocuo instrumento para divertir.

Cansados ante los abrumadores triunfos electorales de la derecha entre nosotros (que, no está de más decirlo, hace bastante más por la lengua propia de los valencianos que lo que le pide su electorado, pero precisamente por ello, bastante menos de lo que Estatuto y Constitución le marcan), y resignados en el desconcierto discursivo del conjunto de la izquierda, ahora ya nítidamente consciente de su derrota política, cultural y social, a algunos nos queda un poso ético que obliga a salir ritualmente al paso de esos flacos favores que se le hacen a la lengua y a sus usuarios leales con sentencias formalistas que trasladan el miedo escénico de la mayoría gobernante (que en su día también sufrió el PSOE) al "sistema dinámico de cooficialidad" amparable por la Constitución y el Estatuto al escueto fundamento jurídico en que se apoya el fallo. Nunca puede ser lo mismo fijar restricciones en el inicio del proceso de cooficialidad (como se hizo), que mantener para siempre la asimetría en el tratamiento de las lenguas oficiales en la CV, después de 20 años de enseñanza de la lengua propia en las escuelas, después de miles de diplomas repartidos de conocimiento del idioma, cuando en la Administración han desaparecido los caducos prejuicios contra el valenciano, ni menos obligar al TSJ, cuya doctrina es resignadamente aceptable, a aplicar normas ya fuera de lugar. Urge, pues, la reforma de la LFPV, para liberar al TSJ de fallos vergonzantes.

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