Un juez no ve delito en abusar de una niña
El Juzgado de lo Penal número 2 de Lleida ha condenado a Antonio C.F. a una multa de 20 días, a razón de 2.500 pesetas diarias, por abusar sexualmente de su nieta cuando la niña tenía 8 años. El juez considera que los hechos constituyeron una falta y no un delito. Los abusos se remontan a los años 1998 y 1999, cuando el procesado, que vivía en Lleida y compartía habitación con su nieta, sometió a la pequeña, durante meses, a numerosos tocamientos sexuales. En la vista oral celebrada hace unas semanas, el fiscal solicitó una pena de dos años de cárcel, pero la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Lérida le ha condenado a 20 días de multa al considerar que el acusado no incurrió en un delito, sino tan sólo en una falta. Un amigo del abuelo fue juzgado hace unos meses y condenado a un año de cárcel por someter a tocamientos a la misma niña.
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