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Un 20% de 'premio' en 3.626 contratos

El Gobierno firmó con UGT y CC OO en julio de 1997 el Pacto por la Estabilidad en el Empleo, más tarde elevado a rango de decreto. Su texto obliga a primar en todos los concursos públicos a aquellas empresas cuyos proyectos presenten, proporcionalmente, un mayor número de trabajadores fijos y discapacitados en plantilla. El premio es del 20% de la puntuación total, es decir, dos puntos sobre un máximo hipotético de 10.Desde la fecha de su aprobación, con este sistema se han ejecutado 3.626 contratos públicos: 1.329 (todos los que superaban un precio de cinco millones de pesetas) en 1998, 2.092 (por encima de dos millones) el año pasado y 205 (con idéntico precio mínimo) en lo que va de 2000, según la Consejería de Hacienda. De todos ellos, en sólo "unos pocos" ha sido determinante ese porcentaje del 20% de prima en la puntuación final, según un portavoz de Hacienda. En el resto, las bondades económicas del proyecto, su rentabilidad y sus ventajas técnicas han bastado a las empresas para conseguir la adjudicación.

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La patronal madrileña de la construcción no está de acuerdo, sin embargo, con que el número de trabajadores fijos o discapacitados de las empresas sea un criterio a tener en cuenta por la Comunidad, y considera que el pacto vulnera la Ley de la Competencia. Por ello, ya en 1999 presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que los magistrados desestimaron atendiendo al perjuicio que para el "interés público" supondría la paralización de los contratos públicos en la región. La sentencia sostenía también que el objeto de dichos contratos era "la estabilidad y calidad del empleo".

Los empresarios de la construcción presentaron un recurso tambien ante la Comisión Europea, que aún no ha sido resuelto. Sin embargo, la intervención del comisario de Mercado Interior, Frederik Bolkestein, el pasado 12 de mayo en el Parlamento Europeo secunda la posición de la patronal. Bolkestein sostiene que los criterios en virtud de los cuales el Gobierno adjudica los contratos "no pueden hacer referencia a la estructura de la empresa", sino sólo a "la calidad de la prestación", para poder garantizar "una verdadera competencia y condiciones de acceso al mercado iguales para todas las empresas".

Sindicatos y Comunidad incluyen, por el contrario, la estabilidad de los contratos en la "calidad de la prestación", y piden a la Comisión que vea en medidas como ésta su objetivo de integración laboral de discapacitados.

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