El Constitucional ampara el derecho de una central a negociar durante una huelga
Los sindicatos tienen derecho a participar en las negociaciones colectivas aunque mantengan la convocatoria de huelga, según una sentencia del Tribunal Constitucional, referida a un recurso de la Confederación Intersindical Gallega (CIG).El tribunal considera que el derecho fundamental de huelga no puede ser "justificación constitucionalmente aceptable de la limitación de su derecho de negociación colectiva, cuando ésta tiene lugar entre otros titulares de ese derecho".
La CIG fue excluida en 1995 del diálogo sobre retribuciones del personal del servicio gallego de la salud en la que, sin embargo, participaron otros sindicatos representativos del sector. La central, que mantenía una huelga, acudió a una reunión convocada por la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia con el resto de sindicatos, pero su acceso al lugar del encuentro fue impedido por los efectivos de la policía.


























































