El test, el registro y la multa
La ley de tenencia de animales potencialmente peligrosos, aprobada por el Congreso en diciembre, obliga a obtener una licencia municipal para tener un perro peligroso. Los requisitos para conseguir esta licencia son: ser mayor de edad, carecer de antecedentes penales, obtener un certificado de aptitud psicológica y formalizar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. La misma ley obliga a los dueños a identificar y registrar a sus animales y establece multas de entre 25.000 y 2.500.000 de pesetas por tener un perro peligroso sin licencia, abandonarlo, dejarlo suelto o pasearlo por un lugar público sin bozal.Esta ley deja demasiados aspectos sin concretar, a la espera de que sean los posteriores reglamentos autonómicos y municipales quienes los completen. Por ejemplo, los reglamentos deberán catalogar las razas consideradas peligrosas, establecer una lista de las características de peligrosidad (tamaño, peso o fuerza de la mandíbula) para ser aplicado a los perros sin raza, organizar la identificación de los animales o establecer registros municipales y autonómicos donde inscribir a los perros para controlar su actividad.
- Cataluña. dispone de su propia ley de tenencia de perros peligrosos, anterior a la norma estatal. La ley catalana obliga a llevar atados y con bozal a los perros que hayan protagonizado episodios violentos y a los que estén adiestrados para el ataque y defensa, además de a los que pertenezcan a las 11 razas que considera potencialmente peligrosas. También prohíbe que estos perros sean llevados por menores de 16 años y establece multas de hasta cinco millones de pesetas.
- País Vasco. También aprobó recientemente un decreto en el que desaparece la obligación para los dueños de aprobar un test de aptitud psicológica y se emplaza a los municipios a decir qué perros son peligrosos. Madrid y Andalucía han redactado borradores de ley.
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