Las navieras Baleària y Pitra se alían después de décadas de competencia
La competencia que desde hace años mantienen las compañías navieras Baleària y Umafisa-Pitra por el tráfico marítimo entre Dénia y Baleares pasó ayer a la historia tras la firma de un convenio comercial entre ambas empresas. El acuerdo, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de mayo, afecta a la línea Dénia-Ibiza y al tráfico de ferry entre Ibiza y Formentera. El pacto entre las dos navieras antaño competidoras es fruto de una larga negociación realizada durante los últimos meses y supone una racionalización de los servicios. El acuerdo alcanzado supondrá la programación de cinco salidas diarias desde Dénia e Ibiza. Esta programación se ha establecido tras un somero estudio de mercado y de preferencias horarias de pasajeros y transportistas, según afirman los responsables de las compañías. Sin embargo, las dos navieras gestionarán de forma independiente el resto de líneas que mantienen actualmente abiertas entre la península y las islas. Baleària continuará cubriendo a diario las líneas Dénia-Palma, Valencia-Palma, Palma-Ibiza e Ibiza-Formentera en embarcaciones de alta velocidad, mientras que Umafisa-Pitra seguirá operando a diario en la línea Barcelona-Ibiza.
Los responsables de ambas navieras subrayaron que el acuerdo beneficiará de forma directa a los usuarios de las líneas ya que mejorará y optimizará los horarios y servicios. En este sentido, señalaron que el acuerdo tiene como objetivo principal ofrecer servicios de transporte marítimo más competitivos en un mercado plenamente liberalizado. Destacaron también que el convenio permitirá a las dos navieras abordar la renovación de la flota, "lo que supondrá a medio plazo otro importante salto cualitativo en la calidad de los servicios", afirmaron. El objetivo final es afianzar su posición en el mercado del tráfico marítimo.
El acuerdo entre Baleària y Umafisa-Pitra, que ya ha sido notificado a la dirección general de la Marina Mercante, se ha formalizado según el Real Decreto 1466/97 sobre régimen jurídico de cabotaje marítimo y navegación de interés público, que en su artículo 13 prevé la modificación de tráficos por razones de racionalización de servicios. Esta normativa estatal concuerda con el reglamento 3597/92 CE que impone el principio de libre prestación de servicios marítimos.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.