IRPF e hijos
Se nos presenta a los contribuyentes sujetos al IRPF la reforma del impuesto como una disminución del mismo.Sin embargo, hay al menos un aspecto en el cual la pretendida disminución se transforma en aumento. Es el del tratamiento fiscal al número de hijos.
La Ley 18/1991 (ahora derogada), en su artículo 78, que trata de las deducciones familiares, dice, entre otras cosas: "... no se practicará esta deducción por los descendientes que hayan cumplido 30 años...".
La Ley 40/1998 (que sustituye a la anteriormente citada), en su artículo 40, trata del mínimo personal y familiar y dice, entre otras cosas: "... el mínimo familiar será... por cada descendiente soltero menor de 25 años...".
Queda clara, a mi entender, la penalización a las familias que tienen viviendo a sus expensas hijos mayores de 25 y menores de 30 años, que constituyen, según estadísticas recientes, un alto porcentaje.- .
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