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La Audiencia de Madrid propone que el jurado condene por mayoría simple

La medida sólo se aplicaría si se repitiera el juicio por falta de acuerdo

El secretario de gobierno de la Audiencia de Madrid, Francisco Javier de Frutos, propone "modificar las mayorías previstas" para condenar a un reo en los casos en que el jurado popular no alcance un acuerdo sobre su culpabilidad. Actualmente un veredicto de culpabilidad exige una mayoría de siete sobre nueve. Con la modificación, en el segundo juicio bastaría con una mayoría simple, de cinco sobre nueve, para condenar al acusado.

Hace dos semanas, la Audiencia madrileña disolvió un jurado tras dos semanas de juicio y ordenó repetir íntegra la vista con otro jurado, tras ser incapaces sus nueve miembros de alcanzar alguna de las mayorías legales necesarias para emitir un veredicto. La ley establece que para condenar a alguien se precisan siete votos, y que para la absolución basta con cinco. Como seis miembros del jurado votaron a favor de la culpabilidad de los dos inmigrantes polacos acusados de matar a un compatriota, y tres en contra, no hubo fallo.De Frutos propone modificar las mayorías necesarias en el segundo juicio. Con ello se evitaría, sostiene, que se tenga que absolver a alguien porque el jurado tampoco se pone de acuerdo al repetir la vista. "No se puede absolver por prescripción legal a una persona mientras el fiscal mantenga su acusación si, como ocurrió en el anterior juicio, seis de los miembros del jurado siguen manteniendo su culpabilidad", opina el secretario de Gobierno de la Audiencia de Madrid.

De Frutos, coordinador de los cerca de 100 juicios con jurado celebrados en Madrid desde que en 1995 entró en vigor la ley que regula esta institución, sostiene que la aplicación de una fórmula similar a la denominada sala de discordia, prevista en el actual ordenamiento jurídico cuando un tribunal profesional no se pone de acuerdo en condenar o absolver a alguien, contribuiría a evitar tensiones y a descargar al jurado de cierta responsabilidad.

Esta sala, señala De Frutos, está prevista para los casos en que cada uno de los tres miembros de un tribunal disienten sobre qué hacer con un acusado. Si dos jueces votan a favor y uno en contra, se hace lo que dice la mayoría. El problema surge cuando cada uno de ellos piensa distinto. En estos casos, la ley prevé celebrar otro juicio y aumentar el número de jueces hasta cinco. El fallo se adopta entonces por mayoría.

Extrapolado a los juicios con jurado, De Frutos sugiere que en lugar de nueve sean once los miembros del jurado (en el segundo juicio) o bien que se modiquen las mayorías para alcanzar un veredicto. Es decir, que baste para establecer una condena , en el segundo juicio, con cinco de los nueve votos posibles

"Aumentar el número de jurados o disminuir las mayorías previstas en la ley para el veredicto de culpabilidad son, a mi entender, soluciones alternativas más justas que la legalmente prevista", dice De Frutos. La prevista ahora es absolver al reo si en el segundo juicio no se alcanzan, como mínimo, siete votos a favor de la culpabilidad.

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