Absueltos de delito ecológico por ilegalidad de las pruebas
La Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona ha absuelto a tres empresarios de una industria de Sabadell del delito ecológico que les imputaba el fiscal de medio ambiente de Cataluña, José Joaquín Pérez de Gregorio, al considerar que las muestras de agua se recogieron de manera ilegal y no fueron analizadas con todas las garantías necesarias para ser consideradas como tal. La fiscalía solicitaba sendas penas de cuatro años y medio de prisión y multa de 36 millones de pesetas para Nicolás Doménech y Jorge Gabarrou, administrador y gerente, respectivamente, de la empresa Acabados Tintoretto, SA, así como idéntica condena para Carmelo Piñol, gerente de la empresa Europea de Tintura y Lavados, SA, instalada en una nave de la primera sociedad, dedicadas al tinte y acabado de tejidos.El tribunal ha estimado los argumentos de uno de los abogados defensores, Miguel Capuz, y explica en la sentencia que las muestras de agua en el río Ripoll se recogieron únicamente unos metros antes de donde vertía la empresa y no aguas abajo. El tribunal considera, por ello, que son insuficientes para evaluar el peligro del vertido del que hablaba el fiscal, pues además del análisis del agua debe considerarse también el caudal del río, su duración y otros datos imposibles de deducir de las muestras tomadas.
Además, los acusados no fueron informados de que la fiscalía les estaba investigando para que pudieran formular una contraprueba de análisis, por lo que se les ha privado del derecho de defensa, explica la sala. Al absolver a los tres empresarios, también queda exculpado el cuarto acusado, Antonio García Coma, gerente de la Junta de Saneamiento de Cataluña.
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