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El reglamento de la Ley de Víctimas del Terrorismo reduce las indemnizaciones a los secuestrados

Luis R. Aizpeolea

El borrador del reglamento del Gobierno que desarrolla la Ley de Víctimas del Terrorismo deja sin indemnización a las víctimas por detención ilegal -personas retenidas contra su voluntad pero por cuya libertad no se solicita rescate o se pone condición alguna- y reduce a un millón de pesetas, más 50.000 pesetas por cada día de secuestro, la indemnización para las personas retenidas bajo condición. Según la proposición de ley, aprobada unánimemente por las Cortes en septiembre pasado, las víctimas de secuestro podían percibir una compensación máxima de hasta seis millones.

El PSOE, el Partido Nacionalista Vasco (PNV) e Izquierda Unida (IU) han llamado la atención por estas "deficiencias", pero admiten que el texto del Gobierno recoge aspectos claves de la proposición de ley, como que la indemnización será reconocida a las víctimas aunque no medie resolución judicial. Basta con un mero procedimiento de investigación de los hechos delictivos.El Ejecutivo hizo público ayer el reglamento que ha remitido al Consejo de Estado para que emita un dictamen que, según fuentes gubernamentales, está previsto que se publique antes de la disolución de las Cortes para que el Consejo de Ministros lo apruebe con celeridad. Una vez aprobado el reglamento, las víctimas del terrorismo podrán cobrar sus indemnizaciones pasados seis meses.

Margarita Uría, portavoz del PNV en la Cámara baja, señaló que le hubiera gustado que el reglamento hubiera sido más flexible con las detenciones ilegales, pero confía en que el clima político favorecerá un dictamen aún más amplio del Consejo de Estado. Alfredo Pérez Rubalcaba, responsable socialista de relaciones con los medios, reconoció que este aspecto se introdujo en la proposición de ley en los últimos momentos de la negociación, con lo que la reglamentación no lo ha tenido en cuenta. No obstante, admitió que las líneas generales de la proposición de ley estaban recogidas.

En este sentido, todos los partidos consultados daban especial importancia a que se mantenga el enunciado general de la proposición de ley; esto es, que podrán acceder a una indemnización "las víctimas de actos de terrorismo o de hechos perpetrados por persona o personas integradas en bandas o en grupos armados o que actuaran con la finalidad de alterar gravemente la paz y seguridad ciudadana". Pérez Rubalcaba destacó que con este texto el Gobierno se compromete a indemnizar a los familiares de los abogados laboralistas asesinados en la calle Atocha en enero de 1977, así como a todas las víctimas de las actuaciones de la extrema derecha durante la transición democrática.

En este sentido, el reglamento mantiene que las indemnizaciones se podrán percibir por hechos acaecidos a partir del 1 de enero de 1968, año en el que ETA perpetró su primer asesinato y los grupos de extrema derecha intensificaron su actividad.Otro aspecto positivo que destacaron los partidos fue que la indemnización será reconocida a las víctimas o sus herederos que acrediten una resolución judicial, una resolución administrativa e incluso un reconocimiento de resarcimiento o pensión extraordinaria como víctima de terrorismo o la incoación de un procedimiento para investigar los hechos delictivos que padecieron. De esta manera, el reglamento mantiene el espíritu de amplitud que se recogía en la proposición de ley.

La norma dada a conocer ayer respeta, con la excepción de los casos de secuestro, las indemnizaciones establecidas en la proposición de ley: 65 millones por gran invalidez; 16 millones por incapacidad permanente absoluta, ocho millones por incapacidad permanente total, seis millones por incapacidad permanente parcial y 23 millones por fallecimiento.

Asimismo, el reglamento determina también que la indemnización por secuestro será incompatible con la percepción de resarcimientos por lesiones permanentes no invalidantes previstas para las víctimas en el reglamento.

Por último, los grupos de oposición resaltaron que el reglamento respeta la decisión de la proposición de ley de indemnizar a las parejas de hecho, aunque la convivencia deberá ser demostrada mediante un certificado de convivencia en domicilio común que tendra que ser expedido por una "autoridad municipal competente".

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