Prisión bajo fianza para el ex policía José Amedo en el 'caso Brouard'
La Audiencia de Vizcaya ha acordado la prisión provisional comunicada del exsubcomisario José Amedo Fouce, eludible con una fianza de cinco millones de pesetas, por su implicación en el asesinato, en 1985, del pediatra y dirigente de Herri Batasuna Santiago Brouard. La decisión de la Audiencia vizcaína estima los recursos presentados por el ministerio fiscal y el abogado de la familia Brouard.
En un auto que resuelve los recursos presentados por el abogado de la familia del dirigente de Herri Batasuna asesinado en 1985 y por el fiscal, la Audiencia de Vizcaya muestra su disconformidad con la decisión del juez instructor del caso, José Luis González Armengol, quien decretó el 8 de julio pasado la libertad de Amedo por considerar que con su colaboración había ayudado a aclarar el caso.El auto da la razón a los recurrentes y asegura que "la prisión o libertad [de un encausado] no está supeditada legalmente a una hipótetica colaboración con la Justicia, a modo de premio o castigo". La Audiencia de Vizcaya también recuerda la contradicción existente en el hecho de que el juez instructor mantuviera en el auto de procesamiento contra Amedo "las graves imputaciones de participación activa en el asesinato" de Santiago Brouard y, al mismo tiempo, ordenara su puesta en libertad sin fianza por una supuesta colaboración.
Según la Audiencia, tal cooperación "no se ha producido" en quien "niega y no reconoce su participación en el asesinato", ya que el ex subcomisario Amedo "se ha limitado" a comparecer "para prestar una nueva declaración, una más de las varias que ha efectuado en la que se exculpa a sí mismo al tiempo que inculpa a otros".
La Audiencia de Vizcaya también ha decidido excluir del caso al polémico abogado José Emilio Rodríguez Menéndez, quien en un principio defendió a Juan José Rodríguez Díaz, El Francés, condenado por suministrar las armas que se usaron en el crimen, como acusación particular y luego pasó a ejercer la acusación popular. El tribunal, en respuesta a un recurso de dos de las defensas, no reconoce la legitimidad del cambio en la personación de Rodríguez Menéndez.
El auto excluye también a la defensora de Rafael López Ocaña y al letrado José María García Lleixa, quien pretendía ejercer la acusación popular. La Audiencia de Vizcaya considera que los tres abogados no buscan "ejercer una verdadera y auténtica acusación", sino demostrar la inocencia de sus clientes, ya condenados por el asesinato.
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