_
_
_
_
Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El juez prevaricador

EL TRIBUNAL Supremo ha confirmado lo que parecía al sentido común: que el denominado caso Sogecable sólo existió desde la prevaricación continuada del juez Javier Gómez de Liaño a lo largo de todo el proceso de instrucción. No ha habido error, sino "abuso de la posición que el derecho otorga al juez". Frente a su argumentación de que el caso Sogecable se cerró en falso, el Supremo sentencia que "se abrió en falso". Liaño declaró ayer que tiene la conciencia tranquila, después de haber afirmado en el juicio que volvería a hacer lo que hizo. Ni siquiera en esto se ha distinguido de la mayoría de los reos. Pero la suya no es una cuestión de conciencia, sino de sometimiento a la ley, y bien está que nunca pueda volver a juzgar quien ha dictado resoluciones injustas a sabiendas.No es fácil rastrear habitualmente el delito de prevaricación judicial, oculto casi siempre bajo la presunción de legalidad que se atribuye al juez. Ello explica que sean tan escasas las condenas por esta figura penal. Pero Liaño dejó en la instrucción tan abundantes pruebas de su delito, que se convirtió en su peor acusador. Mucho más cuando su obsesión persecutoria le llevó a desobedecer a la sala de la Audiencia Nacional, que hasta en siete ocasiones revocó otras tantas resoluciones del instructor. Incluso el magistrado que se ha opuesto a su condena afirma en su voto particular exculpatorio que Liaño, al que califica de empecinado e iluminado, cometió un delito de desobediencia.

Más información
El Supremo condena al juez Liaño y le expulsa de la carrera judicial

Contra muchos pronósticos, la sala del Tribunal Supremo ha asumido con rigor la responsabilidad de juzgar a un juez acusado de prevaricar. Los magistrados han tenido que hacer frente a reflejos corporativos muy enraizados en la carrera judicial; pero, sobre todo, a una intensísima campaña de intimidación, sin excluir la pura difamación personal, que capitanearon El Mundo, la revista Época y la Cope, con apoyos nada solapados en la televisión pública, en la gubernamental Antena 3 y la incorporación de última hora de Abc tras su reciente relevo en la dirección. Por su resistencia a esas presiones espurias, particularmente intensas durante el desarrollo de la vista oral, el alto tribunal merece el reconocimiento de los ciudadanos. La acusación contra Liaño fue ejercida por los máximos directivos de Sogecable y de la empresa editora de este periódico para defender sus derechos constitucionales, pero la sentencia dictada ayer hace que todos los ciudadanos de este país puedan sentirse algo más seguros frente a la actuación arbitraria de cualquier juez prevaricador. Es el Estado de derecho el que se fortalece y gana la credibilidad de la justicia.

Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

La sentencia determina que los tres autos que motivaron la querella (el que reimplantó el secreto de las actuaciones, el que prohibió la salida del territorio nacional a los directivos de Sogecable y el que estableció una fianza de 200 millones de pesetas a Jesús de Polanco) constituyen "la manifestación de una instrucción en forma contraria a derecho y sin sujeción a la ley vigente o los principios que la informan". El delito continuado se caracteriza por responder a un plan preconcebido que, aunque materializado en una pluralidad de infracciones penales, tiene un solo y único propósito criminal. Este plan aparece en el empeño de Liaño de erigir su voluntad en ley, al margen de los códigos y procedimientos, sin el más mínimo apoyo en razones jurídicamente fundadas e imponiendo consecuencias desproporcionadas a una de las partes.

El Supremo pasa revista a los tres autos considerados, pero no sin antes calificar de "novedosa en la judicatura española" la tesis sobre la prevaricación que ha mantenido en este proceso el ministerio público y que podría resumirse así: partiendo de que el derecho no es una ciencia exacta, el juez puede interpretarlo como le venga en gana. Frente a este extremo subjetivismo del ministerio público, el Supremo alega que si el derecho respaldara cualquier acto de un juez, implicaría que la única ley del Estado es la voluntad o la convicción de los jueces, en clara contradicción con la Constitución.

Para el Supremo es meridiana la motivación torcida de Liaño en su empeño por reimplantar el secreto del sumario levantado por la Sala de lo Penal de la Audiencia. La decisión de esta sala, a la que debía acatamiento Liaño, "fue conculcada de forma manifiesta mediante una resolución, aparentemente motivada, que reimplantó un secreto que era innecesario y desproporcionado". El Supremo apostilla al respecto: "Una motivación que tergiversa los hechos de la causa constituye un apartamiento grave de la ley, pues carece de todo respaldo de ella". Igual sucede con la decisión de prohibir la salida del territorio nacional a los directivos de Sogecable, restringiendo gravemente un derecho fundamental como es la libertad de movimientos. Adoptar esta grave medida antes de comprobar la veracidad de la denuncia de su amigo y pariente Jaime Campmany constituye una vulneración de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "manifiesta, llamativa e inclusive grosera". La decisión de imponer a Polanco una fianza de 200 millones "carecía de sentido, pues nada había que asegurar o afianzar". El Supremo no deja de señalar que Liaño tuvo la cooperación del fiscal Gordillo, el segundo personaje puesto en cuestión por la sentencia, pero desmiente que le respaldara el ministerio fiscal.

El fallo condenatorio concluye que el caso Sogecable se abrió en falso, "pues no otra cosa cabe decir respecto de un caso en el que se persiguieron unos hechos como apropiación indebida sin contar con ningún damnificado". Ello hace inevitable reiterar la pregunta que ayer no quiso contestar el portavoz del Gobierno, Josep Piqué: ¿quién fue el secretario de Estado que, según aparece en el sumario, ordenó un estudio sobre Sogecable para basar la denuncia en los tribunales, con la esperanza de que sirviera para desprestigiar a los directivos de la empresa editora de este periódico, hacerlos desfilar por la Audiencia -y decenas de veces por el telediario- y dejar el campo libre a los proyectos informativos alternativos que ya preparaba el Gobierno?

A pesar de las interferencias y de las presiones recibidas antes y durante el proceso, la justicia es hoy más fuerte que ayer. Porque resistió y sometió a uno de los suyos al imperio de la ley.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_