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AULAS

Alternativas a la Religión

Pregunta. Mi hijo no estudia Religión, pero el centro no le ofrece ninguna otra alternativa de tal forma que, cuando los demás chicos están en esa clase, él se queda en el colegio sin hacer nada. Y no le permiten ir a casa aunque esa hora es la última de la mañana. ¿No hay algún reglamento que permita que se vayan a casa?- Marisa Roldán.Respuesta. La alternativa a la Religión está regulada por una Orden de la Consejería de 1995 que contempla que, durante la Educación Primaria, los centros ofertarán enseñanzas complementarias organizadas en talleres (de radio, de cine y televisión, de dramatización, etc.) para aquellos alumnos que no cursen enseñanza religiosa.

El centro tiene la obligación, y cuenta con los recursos humanos suficientes, para ofrecerle a su hijo esta alternativa, por lo que en ningún caso está previsto que se quede fuera de clase sin hacer nada. Si no es así, usted tiene el derecho de exigirla y el centro de proporcionársela.

Orientación laboral

Pregunta. La orientación laboral (F.O.L.) es clave en la nueva Formación Profesional, sin embargo es, en la única especialidad de profesores de secundaria y del grupo A, en la que no se exige para opositar ser licenciado, ni tener el Curso de Adaptación Pedagógica (tampoco te cuentan los puntos). La está impartiendo cualquier profesor, por ejemplo profesores técnicos. Interinos de Administración de Empresas se inscriben en FOL, pasando por delante de los especialistas. ¿Hasta cuándo admitirá la Consejería de Educación esta discriminación? - Asunción López.Respuesta. Las condiciones de acceso en el profesorado de orientación laboral no provocan situaciones discriminatorias. Los requisitos de titulación establecidos, al igual que en otras especialidades del grupo A de secundaria, otorgan la misma puntuación a los licenciados y a los diplomados en Ciencias Empresariales, en Relaciones Laborales, en Trabajo Social y en Educación Laboral.

Estas titulaciones son equivalentes a efectos de docencia para acceder a la especialidad de Formación y Orientación Laboral.

Por otra parte, y de forma transitoria hasta la total implantación del nuevo sistema educativo, un Real Decreto de ámbito estatal faculta a los profesores técnicos de Formación Profesional para impartir el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral.

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