Acosador de diez años
UN NIÑO británico de apenas 10 años ha sido condenado por un tribunal de menores a figurar durante 30 meses en el registro nacional de delincuentes sexuales. El niño había sido acusado formalmente de un delito de violación cuando todavía no había cumplido 10 años por haber asaltado a una niña de ocho. Aunque luego los cargos fueron reducidos al delito de asalto indecente, el tribunal ha sentenciado que el niño sea vigilado durante tres años por los servicios sociales y que se incluya su nombre en el fichero nacional de delincuentes sexuales durante un periodo de 30 meses.Puede ser que un niño de 10 años presente un grado de precocidad sexual que le lleve a actuaciones consideradas ilícitas por los adultos. Pero no parece razonable atribuirle la consciencia que se requiere para que esta actuación alcance la categoría de delito. Si la mayoría de edad penal está establecida en 16 años, no parece lógico que se apliquen a un niño de 10 penas reservadas para adultos plenamente responsables.
Pero, más allá de las consideraciones jurídicas, la decisión adoptada por el tribunal adolece de un defecto aún mayor: ¿de qué va a servir que el nombre de este niño figure durante tanto tiempo entre los más conspicuos delincuentes sexuales? ¿Mejora en algo la situación del niño? ¿Aporta algo a la seguridad de la sociedad? En absoluto. En cambio, puede afirmarse que su inclusión en semejante registro de infamia no sólo no mejora en nada sus posibilidades de educación sexual, sino que supone un atentado a su intimidad y una conculcación de sus derechos personales.
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