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EL "CASO BANESTO"

El Supremo suizo autoriza el envío a España de los documentos de la fundación de Conde

Rechazado el recurso de Francisco Javier Sitges, que deberá pagar las costas

El reglamento de la Fundación Melvin, fundación de familia de Liechtenstein propiedad de Mario Conde, Arturo Romaní, Mariano Gómez de Liaño y Francisco Javier Sitges, y sus movimientos bancarios, serán rápidamente enviados a la Audiencia Nacional, tras rechazar el Tribunal Federal Suizo (equivalente al Supremo) el último recurso posible, presentado por Sitges. El tribunal dictó un auto el 31 de mayo, comunicado el pasado lunes 14 de junio. Sitges, que presentó el recurso, deberá, además, pagar las costas de 5.000 francos suizos (unas 525.000 pesetas).

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El Tribunal Federal Suizo, en línea con la resolución del Tribunal del cantón de Vaud (Lausana), que el pasado 10 de marzo de 1999 rechazó el primer recurso interpuesto por Sitges contra la decisión del juez Jacques Antenen de enviar la documentación a España, señala que Sitges no tiene título para recurrir y el recurso como desprovisto de cualquier posibilidad de tener éxito. Por ello, según fuentes jurídicas,el Tribunal Federal ha dado el inusual paso de imponer las costas al recurrente. Los jueces llevan hasta el absurdo la lógica de la defensa de Sitges, la persona que se presentó como parte en Suiza ante el juez Antenen para poder tener acceso a la documentación y luego recurrió en su carácter de uno de los beneficiarios de la Fundación Melvin. El auto señala que Sitges -al igual que sus otros socios- ha negado siempre ser beneficiario de la Fundación Melvin y que, incluso, se ha llegado a presentar ante la Banque Cantonale Vaudoise (BCV), de Lausana, un formulario A (se acredita el nombre del llamado ayant droit economique o beneficiario) con un beneficiario ficticio. Se trata del jardinero español Manuel Vázquez Pérez, natural de Vigo (Pontevedra), que emigró a Lausana.

Gestión del patrimonio

El auto señala que Sitges debe asumir las consecuencias de su conducta. En otros términos, que al interponerse un fiduciario, u hombre de paja, en su momento, sería éste último el único con capacidad para recurrir bajo el disfraz de beneficiario. Los jueces retoman los argumentos ya esgrimidos por el Tribunal Cantonal para rechazar el recurso. Ya decía este último que habiendo Sitges "disimulado cuidadosamente, hasta este momento, su calidad de beneficiario, no puede aprovecharse hoy" de ello para bloquear el envío de la documentación a España.

El Tribunal Cantonal sostenía que la fundación de familia Melvin, creada en 1989, tuvo por objeto gestionar un patrimonio en favor de cuatro beneficiarios (Conde, Romaní, Gómez de Liaño y Sitges) "cuyos lazos de parentesco son oscuros" y que "adoptaron deliberadamente medidas a fin de no aparecer jamás como beneficiarios en relación con terceros, particularmente los bancos". Recordaba, asimismo, que la fundación fue disuelta en 1994 (el 22 de febrero de 1994, mes y medio después de la intervención de Banesto) "sólo después de que sus cuentas bancarias fueran vaciadas de sustancia". El citado tribunal también decía que "la institución jurídica de la fundación de familia ha sido manifiestamente utilizada de manera abusiva, es decir, para un fin que le era extraño".

La Fundación Melvin pagó, a traves de su cuenta en la BCV, la creación, en 1990, de las sociedades Kaneko, Asni Investments y Jamuna. El patrimonio de dicha fundación, integrada por Conde, Romaní, Gómez de Liaño y Sitges, sirvió para garantizar créditos de la BCV a las tres sociedades suizas. Dos de ellas, Asni y Jamuna, participaron en operaciones que se enjuician en el caso Banesto; Kaneko canalizó secretamente 2.595 millones de Conde desde Suiza a su sociedad patrimonial, Asebur Inversiones.

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